Efectos, Clasificación y Fuentes de las Obligaciones en el Derecho Civil


Definición de los efectos de las obligaciones

Son derechos que la ley confiere al acreedor para obtener el cumplimiento íntegro de la obligación por parte del deudor cuando este no cumpla en todo o en parte, o para obtener el pago de una indemnización compensatoria o moratoria.

Derechos del acreedor

  • Derecho principal: Exigir, en cuanto sea posible, la ejecución forzada de la obligación.
  • Derecho secundario: Exigir la indemnización de perjuicios.
  • Derechos auxiliares: Derecho a impetrar medidas conservativas, acción oblicua o subrogatoria, acción pauliana o revocatoria, y beneficio de separación de patrimonios.

Requisitos para la ejecución forzada

  • Que la deuda sea líquida.
  • Que sea actualmente exigible.
  • Que conste de un título ejecutivo.

Ejecución forzada y responsabilidad

Acción forzada de prenda en general: Facultad del acreedor para obligar al deudor a cumplir su obligación. Se descompone en tres derechos específicos: derecho de persecución, venta forzada y pago.

Ejecución forzada: Puede ser de dar, hacer o no hacer.

Indemnización de perjuicios

Es el derecho que tiene el acreedor de exigir al deudor el pago de una cantidad de dinero equivalente a la ventaja o beneficio que habría procurado el cumplimiento íntegro y oportuno de la obligación.

Clases de indemnización

  • Compensatoria: Cuando el deudor no cumple su obligación o la cumple imperfectamente.
  • Moratoria: Cuando el deudor ha retardado su cumplimiento.

Requisitos de la indemnización

  • Infracción de la obligación.
  • Incumplimiento imputable al deudor.
  • Que el deudor se encuentre en mora.
  • Existencia de un perjuicio al acreedor.
  • Relación de causalidad entre el incumplimiento y los perjuicios.
  • Ausencia de una causal de exención de responsabilidad.

Culpa, Dolo y Caso Fortuito

Responsabilidad por caso fortuito

El deudor responde del caso fortuito o fuerza mayor cuando:

  • Se estipuló expresamente.
  • Sobreviene por culpa del deudor.
  • Sobreviene durante la mora del deudor.
  • La ley pone el caso fortuito a cargo del deudor.
  • El deudor se comprometió a entregar una misma cosa a dos o más personas.
  • El riesgo de pérdida fortuita de la cosa debida bajo condición es de cargo del deudor.

Culpa y Dolo

La culpa es la falta de diligencia o cuidado en el cumplimiento de una obligación (contractual) o en la ejecución de un hecho (extracontractual). La culpa extracontractual proviene de un vínculo preexistente y se clasifica en grave o lata, leve y levísima.

El dolo contractual consiste en actos u omisiones intencionales del deudor para eludir o retardar el cumplimiento de su obligación, causando daño a la contraparte.

Clasificación de las obligaciones

  • Según eficacia y vínculo: Civiles y naturales; puras, simples y sujetas a modalidad.
  • Según sujeto o prestación: De dar, hacer o no hacer; de especie o de género; simple objeto múltiple, alternativas o facultativas.
  • Según sujetos: Simplemente conjuntas, solidarias e indivisibles.
  • Según modo de cumplimiento: Principales o accesorias; de medios o de resultados; ejecuciones instantáneas o duraderas.

Obligaciones civiles y naturales

  • Obligación civil: Da derecho para exigir el cumplimiento mediante acción judicial.
  • Obligación natural: No da derecho para exigir el cumplimiento, pero otorga excepción para retener lo que se ha dado o pagado.

Naturaleza del vínculo y fuentes

El vínculo obligacional

Es una relación jurídica bipolar entre acreedor (titular del derecho personal) y deudor (sujeto pasivo). La deuda y la responsabilidad son dimensiones inescindibles del vínculo.

Fuentes de las obligaciones

  1. Contratos: Acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa.
  2. Cuasicontratos: Hechos voluntarios lícitos. Incluyen la comunidad, la agencia oficiosa y el pago de lo no debido.
  3. Delitos y cuasidelitos: Hechos ilícitos cometidos con intención de dañar (delito) o por culpa (cuasidelito).
  4. La ley: Obligaciones que nacen directamente de la normativa legal.

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