Fundamentos del Derecho Laboral y Gestión de Equipos en la Empresa


El Derecho del Trabajo: Conceptos Fundamentales

El Derecho del Trabajo es el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones individuales y colectivas entre empresarios y trabajadores, así como los conflictos que puedan surgir en esta relación.

La Relación Laboral

Una relación laboral es el vínculo entre un trabajador que presta sus servicios profesionales a un empresario a cambio de un salario.

Tipos de Relaciones Laborales

Relación Laboral Ordinaria

Se caracteriza por los siguientes requisitos:

  • Personal: El trabajo debe ser desarrollado por el trabajador personalmente.
  • Voluntaria: El trabajo debe ser realizado de manera voluntaria.
  • Remunerada: El trabajo debe ser retribuido económicamente.
  • Dependiente: El trabajador tiene que aceptar las decisiones de la empresa.
  • Por cuenta ajena: El resultado del trabajo es propiedad de la empresa.
Relación Laboral Especial

Reúne todos los requisitos de las relaciones laborales ordinarias, pero por sus especiales características necesita una regulación específica, aplicando el Estatuto de los Trabajadores. Ejemplos: deportistas profesionales, empleados del hogar.

Relación No Laboral o Excluida

No reúne alguno de los requisitos de las relaciones laborales ordinarias ni se le aplica el Estatuto de los Trabajadores. Ejemplos: funcionarios públicos, trabajos obligatorios.

Fuentes del Derecho del Trabajo

Las fuentes del Derecho del Trabajo se refieren tanto a los organismos e instituciones que tienen poder para crear normas como a los tipos de normas que dichos organismos crean.

Fuentes Nacionales

Las fuentes nacionales del Derecho del Trabajo son aquellas normas que se crean dentro del territorio nacional por organismos o colectivos del propio país. En España se ordenan jerárquicamente de la siguiente manera:

  1. Constitución: Norma suprema del ordenamiento jurídico español. Establece los derechos y principios de contenido laboral.
  2. Leyes y normas con rango de Ley: Incluyen las Leyes Orgánicas, que regulan los derechos fundamentales, y las Leyes Ordinarias, que regulan el resto de materias.
  3. Reglamentos: Normas elaboradas por el Gobierno que desarrollan o complementan una ley ya existente. Se distinguen los Reales Decretos, aprobados por el Consejo de Ministros, y las Órdenes Ministeriales, aprobadas por un ministro.
  4. Convenios Colectivos: Acuerdos escritos y negociados entre los representantes de los trabajadores y los empresarios para regular las condiciones de trabajo.
  5. Contrato de Trabajo: Acuerdo voluntario entre empresario y trabajador para el desarrollo de una actividad laboral a cambio de una remuneración.
  6. Costumbre Laboral: Norma no escrita que se repite a lo largo del tiempo por empresarios y trabajadores en un determinado sector, profesión u oficio.

Fuentes Internacionales

Las fuentes internacionales son aquellas normas del Derecho Laboral que se crean en el ámbito internacional. Su principal finalidad es establecer una legislación laboral común a los Estados miembros, independientemente del país donde se desarrolle la actividad.

España es miembro de dos organismos internacionales clave: la Unión Europea (UE) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Las fuentes internacionales del Derecho Laboral son:

  • Reglamentos Comunitarios: Normas de aplicación directa en cualquier Estado de la UE.
  • Directivas Comunitarias: Normas que establecen objetivos mínimos que cada Estado debe alcanzar en un plazo determinado, adaptándolos a su legislación interna.
  • Convenios de la OIT: Normas obligatorias para los países miembros que los hayan ratificado.
  • Tratados Internacionales: Acuerdos entre dos o más países que se comprometen a cumplir lo firmado.

Principios de Aplicación de las Normas Laborales

El principio de jerarquía normativa implica que las normas de rango inferior no pueden contradecir lo dispuesto en una norma de rango superior.

En Derecho del Trabajo, este principio está limitado por los siguientes principios de aplicación de las normas laborales:

  • Principio de Norma Mínima: La norma de rango superior establece el contenido mínimo que debe ser respetado por las normas de rango inferior.
  • Principio de Condición Más Beneficiosa: Si en el contrato se establecen condiciones más beneficiosas para el trabajador que las establecidas en la norma, se aplican dichas condiciones hasta que las partes acuerden otra cosa.
  • Principio de Norma Más Favorable: Si existen dos o más normas que regulan el mismo tema, se aplicará la más favorable para el trabajador en su conjunto.
  • Principio In Dubio Pro Operario: Si una norma se puede interpretar de diferentes formas, se aplicará la más favorable para el trabajador.
  • Principio de Irrenunciabilidad de Derechos: Ningún trabajador puede renunciar a los derechos que le reconocen las normas.

Derechos y Obligaciones en el Ámbito Laboral

Los derechos y obligaciones de los trabajadores están recogidos principalmente en el Estatuto de los Trabajadores.

Derechos de los Trabajadores

Los derechos se dividen en derechos básicos (derivados de la Constitución Española) y derechos específicos (relacionados con el trabajo).

Derechos Básicos

  • Derecho al trabajo y libre elección de la profesión.
  • Derecho a la libertad sindical.
  • Derecho a la negociación colectiva.
  • Derecho a la huelga.
  • Derecho de reunión.
  • Derecho de información, consulta y participación en la empresa.

Derechos Específicos

  • Derecho a la ocupación efectiva.
  • Derecho a la promoción y formación profesional.
  • Derecho a la no discriminación.
  • Derecho a la integridad física.
  • Derecho a la percepción puntual del salario.
  • Derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad.
  • Derecho al ejercicio de acciones derivadas del contrato de trabajo.
  • Derecho a la desconexión digital.

Obligaciones de los Trabajadores

  • Cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario.
  • No concurrir con la actividad de la empresa.
  • Contribuir a la mejora de la productividad.
  • Cumplir los deberes derivados del contrato.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

Poderes y Deberes del Empresario

Los poderes del empresario tienen la finalidad de organizar el trabajo de una manera determinada (poder de dirección), comprobando que los trabajadores cumplan con sus obligaciones (poder de vigilancia) y sancionando en caso de incumplimiento (poder disciplinario).

Deberes del Empresario

  • Dar un trato igualitario y no discriminatorio.
  • Respetar la intimidad y dignidad de los trabajadores.
  • Proporcionar trabajo efectivo de acuerdo a la categoría profesional.
  • Garantizar una adecuada política de seguridad y salud en el trabajo.
  • Permitir la asistencia a exámenes, cursos de formación y reuniones sindicales.
  • Pagar el salario puntualmente.

Poderes del Empresario

Poder de Dirección

Facultad para decidir la realización de la actividad laboral. Incluye el derecho a realizar modificaciones no sustanciales en el contrato de trabajo para adaptarlo a las necesidades de la empresa.

Poder Disciplinario

Facultad para imponer sanciones a los trabajadores en caso de que cometan una falta o infracción de las normas o del convenio colectivo.

Poder de Vigilancia y Control

Facultad de utilizar medidas para vigilar y controlar que los trabajadores cumplan con sus obligaciones y deberes laborales, pero siempre respetando su intimidad y dignidad. Ejemplos:

  • Registros sobre los efectos particulares y la taquilla del trabajador.
  • Videovigilancia (sin audio) en los lugares de trabajo.
  • Control del uso del correo electrónico y de los ordenadores de la empresa.
  • Comprobación del estado de enfermedad o accidente del trabajador a través de reconocimientos médicos.

Prescripción de Faltas Laborales

Las faltas laborales prescriben en los siguientes plazos:

  • Falta leve: Prescribe a los 10 días.
  • Falta grave: Prescribe a los 20 días.
  • Falta muy grave: Prescribe a los 60 días.

El Equipo de Trabajo

Un equipo de trabajo es un conjunto de trabajadores que colaboran entre sí para conseguir un objetivo común por medio de sus conocimientos y habilidades.

Ventajas de Trabajar en Equipo

  • Incrementa la productividad, el compromiso y la responsabilidad.
  • Mejora la satisfacción y el clima laboral.
  • Optimiza la comunicación.
  • Facilita la resolución de problemas.

Inconvenientes de Trabajar en Equipo

  • Ralentiza la toma de decisiones.
  • Puede reducir el compromiso de algunos miembros.
  • Dificulta la coordinación.
  • Complica el reparto equitativo de tareas.

Fases de Formación del Equipo de Trabajo

  1. Formación: Se produce una primera toma de contacto entre los miembros; se sienten ilusionados y optimistas. El líder explicará el proyecto y sus objetivos.
  2. Tormenta: Surgen las primeras discrepancias y los miembros del equipo rivalizan. El líder debe actuar como intermediario para clarificar objetivos y procedimientos.
  3. Normalización: Se asignan roles y tareas a cada miembro. El líder facilita la coordinación del equipo; existe confianza y respeto.
  4. Madurez: Etapa más productiva. El líder delega y los miembros trabajan de manera autónoma.
  5. Disolución: Se ha alcanzado el objetivo previsto; se cierra el proyecto y se disuelve el equipo de trabajo.

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