Guía Práctica de Formación y Orientación Laboral: Conceptos Clave


Formación y Orientación Laboral: Conceptos Fundamentales

Condiciones Laborales y Salariales

  • Nº máximo horas extra al año: 80, si no computan dentro de este límite: las compensadas con descanso dentro de los 4 meses siguientes a su realización o las de fuerza mayor.
  • Salario mínimo interprofesional (SMI): Retribución mínima legal que se garantiza a todos los trabajadores por la prestación de servicios laborales. Es una cuantía irreductible ya que es inembargable, salvo excepciones.

Garantías Salariales

Los salarios de los trabajadores tendrán preferencia sobre otras deudas empresariales. Cuando la empresa no se encuentre en concurso de acreedores, se aplicarán estas preferencias:

  1. Los correspondientes a los últimos 30 días de trabajo tendrán preferencia sobre cualquier otro crédito hasta el doble del SMI.
  2. Los créditos salariales tienen preferencia sobre otros créditos, mientras sea propiedad del empresario.
  3. Los demás créditos salariales serán singularmente privilegiados en la cuantía que resulte de multiplicar el triple del SMI por el número de días de salario pendiente de pago.

Cuando la empresa se encuentre en concurso de acreedores, serán de aplicación las disposiciones de la ley concursal.

FOGASA

FOGASA (Fondo de Garantía Salarial): Organismo autónomo que garantiza a los trabajadores la percepción de los créditos salariales e indemnizaciones en caso de insolvencia o concurso del empresario.

Descansos Laborales

  • Periodo de descanso diario: Si la jornada diaria excede de 6 horas continuas, se debe establecer un descanso no inferior a 15 minutos. Para menores de 18 años, si la jornada pasa de 4 horas y media, el descanso mínimo será de 30 minutos.
  • Descanso semanal: Será de 1 día y medio que puede acumularse por periodos de hasta 14 días. Para menores de 18 años será de 2 días ininterrumpidos. En empresas con trabajo a turnos se podrá acumular por periodos de hasta 4 semanas el medio día de descanso semanal correspondiente.

Trabajadores Nocturnos

Son los que realizan una parte de su jornada no inferior a 3 horas en periodo nocturno (de 22:00 a 06:00), también los que realizan más de 1/3 de su jornada anual en periodo nocturno.

Reducción de Jornada

Causas de reducción de jornada por:

  • Cuidado directo de un menor de 8 años o de un discapacitado.
  • Nacimiento de hijos prematuros o que por alguna causa deban ser hospitalizados tras el parto.
  • Lactancia de un hijo menor de 9 meses.
  • Víctimas de violencia de género.

Permisos y Licencias Retribuidas

Causas de permisos y licencias retribuidas:

  • Matrimonio.
  • Nacimiento de hijo.
  • Traslado de domicilio.
  • Actividades formativas vinculadas al puesto de trabajo.
  • Desplazamiento del trabajador por un periodo superior a 3 meses.

Sistema de Seguridad Social

Incluidos en el Sistema de Seguridad Social

En la modalidad contributiva:

  • Todos los españoles que residan en España.
  • Los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España.
  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Autónomos.
  • Estudiantes.
  • Funcionarios públicos civiles y militares.

En la modalidad no contributiva:

  • Todos los españoles y extranjeros residentes en territorio nacional.

Excluidos del Régimen General de la Seguridad Social

  • Aquellos trabajadores que deban ser incluidos en alguno de los regímenes especiales del sistema de la SS.
  • Las personas que ejecuten trabajos de los llamados amistosos o benévolos.

Regímenes Especiales de la Seguridad Social

  • Régimen de los trabajadores autónomos.
  • Régimen de los trabajadores del mar.
  • Régimen de la minería del carbón.
  • Régimen de los funcionarios.
  • Seguro escolar.

Tipos de Alta en la Seguridad Social

La más habitual es el alta real, pero pueden darse las siguientes situaciones:

  • Alta especial: Se produce durante las situaciones de huelga y cierre patronal.
  • Alta presunta o de pleno derecho: Se produce en aquellos supuestos en los que, dándose trabajo en efectivo, la empresa ha incumplido la obligación de afiliar y/o dar de alta al trabajador.
  • Alta asimilada: Tiene lugar en supuestos en los que, producido el cese temporal o definitivo en la actividad laboral, se estima que debe conservarse la situación de alta. Existen varios tipos: el traslado del trabajador fuera del territorio nacional, los periodos de inactividad entre trabajos de temporada y la suscripción de un convenio especial.

Recargos por Incumplimiento en la Cotización

  • Cuando se presentasen los documentos de cotización dentro del plazo reglamentario, el recargo será del 20% si se abonaran las cuotas debidas una vez haya transcurrido dicho plazo.
  • Cuando no se presentasen los documentos de cotización en el plazo reglamentario, los recargos serán un 20% si se abonaran las cuotas sociales antes de la terminación del plazo de ingreso establecido en la reclamación de deuda o acta de liquidación, y un 35% en otro caso.

Beneficiarios del Derecho a Asistencia Sanitaria

Son beneficiarios del derecho a asistencia sanitaria:

  • El cónyuge o la pareja de hecho.
  • El ex-cónyuge que esté a cargo de la persona asegurada por tener derecho a percibir una pensión compensatoria.
  • Los descendientes y personas asimiladas que sean menores de 26 años o que tengan una discapacidad en grado igual o superior al 65%.

Requisitos:

  • Vivir con el titular y a sus expensas.
  • No realizar trabajo remunerado ni percibir rentas superiores al doble del IPREM.
  • No tener derecho a recibir asistencia sanitaria por otras vías.

Pago Directo de la Prestación por el INSS

El INSS procede al pago directo de la prestación:

  • Por incumplimiento del empresario al no realizar el pago delegado.
  • En empresas con menos de 10 trabajadores y más de 6 meses consecutivos de abono del subsidio y que lo soliciten reglamentariamente.
  • Por extinción de la relación laboral cuando el trabajador se encuentre en situación de IT (Incapacidad Temporal).
  • En los supuestos de agotamiento de la IT por el trascurso del plazo máximo establecido.

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