Responsabilidad Civil y Mediación Sanitaria
La Responsabilidad Civil se entiende como la deuda u obligación de reparar y satisfacer, por sí o por otra persona, un daño causado a consecuencia de un delito, de una culpa o de otra causa legal.
La Mediación en el Sector Salud
La Mediación es un procedimiento no adversarial cuyo objetivo es que, por medio de la comunicación entre las partes y con la intervención de un mediador, se llegue a una solución extrajudicial.
Procedimiento de Mediación
- Presentación del reclamo.
- Identificación del reclamante.
- Identificación del prestador.
- Motivo del reclamo.
- Peticiones concretas.
- Mediadores seleccionados.
- Firma.
Tipos de Prestadores y Jurisdicción
- Prestador Público: Establecimiento asistencial público (y sus funcionarios) que integra las redes asistenciales. En estos casos, la mediación se desarrolla ante el Consejo de Defensa del Estado (CDE).
- Prestador Privado: Aquel regulado por el reglamento de hospitales y clínicas. Los mediadores deben estar acreditados por la Superintendencia e inscritos en el registro habilitado por mandato legal.
Funciones de la Superintendencia
La Superintendencia tiene las siguientes funciones respecto a la mediación:
- Abrir, mantener y controlar el registro de mediadores.
- Acreditar a los mediadores.
- Fijar el arancel que las partes deberán pagar por la mediación.
- Recibir reclamos en contra de los prestadores privados.
- Controlar las funciones de los mediadores.
- Certificar el fracaso del procedimiento a petición de las partes o terceros.
Requisitos para ser Mediador
- Título profesional de 10 semestres en institución del Estado o reconocida por este.
- 5 años de experiencia laboral.
- No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva.
Materias y Exclusiones de la Mediación
Materias susceptibles de mediación: Cuando el interesado, en contra de los prestadores públicos de salud o sus funcionarios, alega haber sufrido algún daño por parte de alguno de los prestadores debido a sus funciones.
Exclusiones (No pueden solicitarla):
- Hospitales de las Fuerzas Armadas, de Carabineros y penitenciarios.
- Centros destinados a la atención de personas con alguna condición física o mental (ejemplo: hogares de ancianos, casas de reposo, asilos).
Duración y Término del Procedimiento
La mediación consiste en reuniones conjuntas por un tiempo determinado (1 hora y 30 minutos, aprox.), o pueden ser individuales, si el mediador lo cree conveniente o si una de las partes lo solicita.
Plazo de la mediación: 60 días a partir de los 3 días de la primera citación al reclamante. Se puede prorrogar hasta 120 días como máximo, con acuerdo de las partes. Si en este tiempo no se llega a un acuerdo, se levanta un acta que certifique el fracaso de la mediación.
La indemnización, si fuese el caso, se puede pagar como lo acuerden las partes, en dinero o mediante la realización de prestaciones asistenciales.
El Contrato de Seguro y la Responsabilidad Civil Médica
Contrato y Póliza de Seguros
El Contrato de Seguro transfiere al asegurador uno o más riesgos a cambio del pago de una prima, quedando este obligado a indemnizar el daño que sufra el asegurado.
Tipos de seguro: De vida, salud, incendio, vehículos, responsabilidad civil.
La Póliza de Seguros es el documento justificativo del seguro. Es un contrato entre el asegurado y una compañía de seguros que establece los derechos y obligaciones de ambos.
Cubre la carga económica hasta el máximo estipulado en el seguro cuando el asegurado fuese responsable civilmente. El asegurador se encarga de los gastos de defensa siempre que los abogados hayan sido designados por el asegurador.
Seguro de Responsabilidad Civil Médica
Este seguro está dirigido a cubrir errores, negligencias o equivocaciones en la prestación de los servicios, cuando estos produzcan daño corporal o patrimonial a terceros que recibieron dicho servicio.
Conceptos Clave en la Responsabilidad Civil
- Culpa: Comportamiento que se aparta de los usos normales de la medicina, por ignorancia de la técnica, por impericia o imprudencia.
- Error: Defecto en la aplicación de métodos, técnicas o procedimientos en las distintas fases de la actuación.
- Negligencia: Es un tipo de culpa, un incumplimiento de un deber, falta de precaución, omisión de la atención y de la diligencia debida.
Suma Asegurada y Límite de la Indemnización
La Suma Asegurada y Límite de la Indemnización es el límite máximo de la indemnización que se obliga a pagar el asegurador en caso de siniestro. Esta no podrá exceder, dentro de los límites de la convención, el menoscabo que sufra el asegurado como consecuencia del siniestro. Esto contempla gastos y costas del proceso que este o sus causahabientes promuevan en contra del asegurado.
Responsabilidad Penal Médica
La Responsabilidad Penal Médica, en caso de culpabilidad, implica una sanción económica, pero además puede conllevar inhabilitación y prisión. A diferencia de la responsabilidad civil (que solo busca la reparación económica), la responsabilidad penal busca sancionar con pena privativa al médico que se ha apartado de su lex artis.
La Lex Artis
La Lex artis es el conjunto de prácticas médicas aceptadas generalmente como adecuadas para tratar a los enfermos en el momento presente en la ejecución del acto médico.
Pilares de la Responsabilidad Penal
Los pilares básicos de la responsabilidad penal son la Culpa y el Dolo.
- Dolo: Se realiza de manera voluntaria, libre y consciente, con intención.
- Culpa: Desatiende el deber de cuidado al que se encuentra obligado en el desempeño de una actividad.
Elementos de la Culpa
- Relación causal entre el acto u omisión culposa y el resultado lesivo.
- Previsibilidad del resultado que, sin embargo, no fue previsto por su autor.
- Víctima una persona.
Sanciones Penales
Si el hecho hubiera sido un crimen (como la muerte, castración, haber dejado demente o inútil), la sanción es de reclusión o relegación (que implica no dejarlo salir del país, que esté solo en un lugar, estará en libertad), menor en sus grados mínimo a medio (61 días a 3 años de privación de libertad).
Si las lesiones no son las antes nombradas, es un delito simple; la sanción es reclusión o relegación menores en sus grados mínimo (61 a 540 días de privación) o 11 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Si son lesiones leves, no se aplica sanción penal.
El juez debe sancionar basándose en la lex artis y, además, en los protocolos por los que cada profesional debería regirse.
Determinación de la Falta de Cuidado (Delito Culposo)
Los elementos para determinar la falta de cuidado en el delito médico culposo son la Previsibilidad y la Precaución.
- Previsibilidad: Elemento objetivo-normativo intelectual. Es la determinación de los riesgos o peligros que debieron ser previsibles.
- Precaución: Elemento objetivo-normativo conductual. Se refiere a las medidas de precaución que debieron haber sido implementadas por el profesional, una vez determinados los riesgos.
