Aspectos fundamentales de la empresa


EL CONVENIO 169/OIT

-Reconoce la capacidad de los pueblos  indígenas para asumir el control de sus  propias instituciones, formas de vida y su  desarrollo económico

-Reconoce el derecho de los pueblos  indígenas a la autodefinición, a mantener y  fortalecer su identidad, lenguas y religión

-Reconoce el derecho de los pueblos  indígenas a la participación en el desarrollo  de las acciones dirigidas a proteger sus  derechos y garantizar el respeto de su  integridad

-Reconoce el derecho de los pueblos  indígenas a ser consultados cada vez que se  prevean medidas susceptibles de afectarles  directamente (Leyes, Reglamentos,  Autorización de Contratos)

-Reconoce la relación especial que tienen los  pueblos indígenas con las tierras o  territorios que ocupan o utilizan de alguna  otra manera, y en particular los aspectos  colectivos de esa relación

-Reconoce el derecho de propiedad y  posesión sobre las tierras que  tradicionalmente ocupan y a su protección  frente a toda intrusión no autorizada


-Por último, el Convenio incluye derechos  relativos a la contratación y condiciones de  empleo, seguridad social y salud, educación,


–Aspecto clave, los pueblos indígenas deberán  gozar plenamente de los derechos humanos y  libertades fundamentales sin obstáculos ni  discriminación. Las disposiciones del  Convenio se aplicarán sin discriminación a  los hombres y mujeres de esos pueblos

Derecho de los pueblos indígenas a  la justicia

El Convenio 169/OIT

El Artículo 12 del Convenio 169/OITdispone que los pueblos indígenas deberán  tener protección contra la violación de sus  derechos y poder iniciar procedimientos  legales, sea personalmente o bien por  conducto de sus organizaciones  representativas, para asegurar el respeto  efectivo de tales derechos.

–Asimismo, el Artículo 12 del Convenio  169/OIT dispone que los Gobiernos deberán  tomarse medidas para garantizar que los  miembros de dichos pueblos            puedan  comprender y hacerse comprender en  procedimientos legales, facilitándoles, si  fuese necesario, intérpretes u otros medios  eficaces.

Marco Constitucional

El Artículo 139 inciso 3)


de la Constitución  consagra el derecho de toda persona a la  tutela jurisdiccional, al libre acceso a la  justicia, en otras palabras, toda persona  tiene derecho a recurrir ante los órganos  responsables de administrar justicia en  nombre del Estado buscando la tutela  efectiva de sus derechos.

El Artículo 2 inciso 19de la Constitución  establece que todo peruano tiene derecho a  usar su propio idioma ante cualquier  autoridad mediante un intérprete

Responsabilidad de funcionarios  públicos

El DL 22175,dispone, que los funcionarios  y empleados públicos, quedan obligados  bajo responsabilidad civil y penal, a dar  curso inmediato a las denuncias presentadas  por comuneros nativos referentes, entre  otros aspectos, a la ocupación o explotación  ilícita de recursos naturales pertenecientes a  la Comunidad, u otros hechos o acciones  que le perjudique.

Art. 23

Conclusión

Los pueblos indígenas y Comunidades  Campesinas y Nativas tienen derecho a  recurrir ante los órganos responsables de  administrar justicia en nombre del Estado  buscando la tutela efectiva de sus derechos  fundamentales reconocidos por la  Constitución y la ley.

HALLAZGOS EN ÁREAS DE COMUNIDADES ORIGINARIAS E Indígenas EN AISLAMIENTO

LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN SITUACIÓN DE AISLAMIENTO

Son aquellos pueblos indígenas que no desarrollan relaciones sociales sostenidas con los demás integrantes de la sociedad.

LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN SITUACIÓN DE CONTACTO INICIAL

Son aquellos pueblos indígenas que luego de vivir en situación de aislamiento, han comenzado un proceso de interrelación con los demás integrantes de la sociedad.

¿Cuáles son los pueblos indígenas en aislamiento?


Decreto Supremo N°001-2014-MC

*Isconahua

*Mashco Piro

*Machiguenga (Nanti)

*Mastanahua

*Murunahua

*Chitonahua

*Otros

¿Cuáles son los pueblos indígenas en contacto inicial en el Perú?


Decreto Supremo N°001-2014-MC

–Yora (Nahua)

–Machiguenga (Nanti y Kirineri)

–Amahuaca

–Isconahua

–Taushiro

–Otros (Mastanahua

Dónde están ubicados?


La gran mayoría de estos pueblos, habita zonas de difícil acceso rehuyendo al contacto con la sociedad envolvente.

Los lugares en los que se ha identificado presencia de PIACI son diversos: RT, ANP, CCNN, áreas libres del estado, entre otros.

¿Por que existen pueblos indígenas en aislamiento y como viven?


Se cree que muchos de ellos viven en aislamiento como estrategia defensiva de su integridad y sus derechos culturales, debido a situaciones traumáticas que han vivido en el pasado con la sociedad mayor.

–Aprovechan los recursos del bosque

–Caza, Pesca

-Chacras

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