Fundamentos Esenciales del Derecho del Trabajo: Conceptos, Sujetos y Principios Rectores


Objeto y Naturaleza del Derecho del Trabajo

¿Cuál es el objeto del Derecho del Trabajo?

El objeto de la materia en estudio es el trabajo humano. Quedan excluidas del ámbito del Derecho del Trabajo todas aquellas actividades espontáneas realizadas por el ser humano con fines espirituales, de recreación, lúdicas o placenteras. No toda actividad es trabajo, sino solo aquella que corresponde a una necesidad y que no es un fin en sí misma, sino un medio para lograr un objetivo distinto a la tarea desarrollada.

¿Trabajo dependiente o subordinado?

Los servicios de un médico, un mecánico en su taller propio, o un albañil que trabaja por su cuenta, todos son trabajos, pero ajenos al derecho laboral; pertenecen a la órbita del Derecho Civil. Para que el trabajo esté regulado por nuestra materia, debe tratarse del trabajo dependiente o subordinado. Tiene que estar sujeto a otro que requiera la tarea y someta al trabajador a instrucciones, directivas u órdenes, limitando su autonomía.

Sujetos de la Relación Laboral

¿Quiénes son los sujetos del Derecho del Trabajo?

El Trabajador

Es siempre una persona humana cuyo principal capital es la fuerza de trabajo, sea esta física, intelectual o artística en sus múltiples manifestaciones.

El Empleador

En cambio, puede ser una persona física, varias personas físicas, o una persona jurídica organizada en alguno de los tipos societarios que la ley permite.

Principios Generales del Derecho del Trabajo

Estos principios actúan como criterios rectores e interpretativos de la normativa laboral:

  • Principio Protector

    Es un criterio de tutela que rige en todo el derecho laboral, en especial sobre el derecho individual del trabajo, que tiende a proteger a la parte más débil de la relación laboral: el trabajador. Este principio busca evitar la posibilidad de imponer condiciones indignas de explotación, abuso o dominio.

  • Principio de la Irrenunciabilidad

    Cláusulas que obliguen al trabajador a renunciar al goce de vacaciones, a tener francos compensatorios o a cobrar las horas extraordinarias, son nulas de ningún efecto jurídico, y sustituidas automáticamente por las normas imperativas que rigen la situación.

  • Principio de Continuidad

    Este principio busca:

    1. Considerar el contrato, por regla general, como de duración indeterminada.
    2. Mantener la continuidad del contrato de trabajo no obstante los cambios dinámicos en la relación, como pueden ser cambio de horario, de categoría, turno o remuneración.
    3. Castigar el despido sin causa, estableciendo una indemnización a favor del trabajador, ya que la ley protege la continuidad del trabajo.
  • Principio de la Primacía de la Realidad

    Se manifiesta en la observación concluyente de la conducta de las partes en la ejecución del contrato, sin importar lo que se pacta o se registra por escrito. La realidad de los hechos prevalece sobre las formas.

  • Principio de Razonabilidad

    Se pone límite a las posibles arbitrariedades que pueden realizar las partes.

  • Principio de Buena Fe

    Implica la confianza entre las partes contratantes y la convicción de que no se engañarán ni dañarán. Cumplirán honestamente lo que acordaron o convinieron.

El Orden Público Laboral y las Facultades del Empleador

¿Qué es el Orden Público Laboral?

El Orden Público Laboral significa que la ley establece a favor del trabajador un mínimo de resguardo legal debajo del cual no existen acuerdos o pactos válidos. Por ejemplo, no tendrían validez al ser contrarios al orden público laboral, pactar jornadas de 12 horas diarias o no gozar de vacaciones.

Facultades de Dirección y Control del Empleador

Facultad de Control

Establece el ingreso y egreso de los trabajadores, como la utilización de un sistema de fichaje para determinar la salida y entrada de cada trabajador.

Reglamentar la Actividad (Poder de Organización)

Fija las reglas para el mejor funcionamiento de la empresa, determina los lugares de tránsito dentro de ella, la rotación de las tareas, los francos compensatorios, etc.

Facultades de Modificar las Formas de Trabajo (Ius Variandi)

Por medio de esta facultad, el empleador introduce cambios necesarios para el desenvolvimiento más productivo de la empresa, pero debe ser realizada de tal manera que no ataque los derechos del trabajador.

Facultad Disciplinaria

Es una consecuencia de la facultad de dirección. Se materializa a través de una sanción al trabajador, que puede consistir en un llamado de atención, un apercibimiento o la suspensión.

El Fraude en la Relación Laboral

¿Qué es el Fraude?

Se entiende por fraude todo engaño, inexactitud consciente o abuso de confianza que provoca un daño.

Distintas Situaciones de Fraude Laboral

El fraude puede manifestarse en diversas situaciones, buscando encubrir la verdadera naturaleza de la relación de dependencia:

  • Interposición de personas.
  • Transferencia, arrendamiento o cesión temporal del establecimiento y transferencia del personal.
  • Prestación de servicios por integrantes de sociedades.
  • Apariencia de normas contractuales no laborales (simulación de contratos civiles o comerciales).
  • Casos de trabajo eventual que encubren una relación permanente.
  • Fraude relacionado con el principio de duración indeterminada del contrato de trabajo.
  • Fraude con motivo de la extinción del contrato o actos extintivos.

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