Marco Legal del Trabajo: Relación Laboral, Fuentes y Tipos de Contrato


Fundamentos de la Relación Laboral

1. Las Relaciones Laborales

1.1. Origen del Derecho Laboral

El derecho laboral regula las relaciones laborales. Aparece en el siglo XIX como respuesta a los problemas económicos y sociales que surgen a partir de la Revolución Industrial y con el objetivo de proteger al trabajador.

1.2. La Relación Laboral Ordinaria (Art. 1 del ET)

La relación laboral es aquella que reúne las siguientes características esenciales:

  • Voluntaria: El trabajador firma un contrato libremente.
  • Por cuenta ajena: El fruto del trabajo es para el empresario.
  • Remunerada: Existe una compensación económica (salario).
  • Personalísima: El trabajo es realizado solo por el trabajador.
  • Dependiente: El empresario es quien dirige la actividad laboral.

En resumen, la relación laboral es el vínculo que existe entre el empresario y el trabajador a cambio de la prestación de servicios profesionales por parte del segundo.

1.3. Las Relaciones Laborales Especiales (Art. 2 del ET)

Son aquellas que, por sus características particulares, tienen una regulación específica. Incluyen, entre otras:

  • Personal de alta dirección.
  • Trabajadores del hogar familiar.
  • Penados (presos) en instituciones penitenciarias.
  • Deportistas profesionales.
  • Artistas en espectáculos públicos.

2. Las Fuentes del Derecho del Trabajo

2.1. Fuentes Nacionales

Las fuentes nacionales indican de dónde proviene la norma y su origen. Podemos distinguir dos tipos:

Fuentes Materiales
  • El Estado y la Administración.
  • Las Comunidades Autónomas.
  • Representantes de los trabajadores.
  • Los Tribunales.
Fuentes Formales

Incluyen la Constitución Española, leyes y normas con rango de ley, y otras disposiciones:

  • Ley Orgánica: Es aquella ley cuya aprobación, modificación o derogación exige la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados en una votación final.
  • Ley Ordinaria: Para su aprobación se necesita la mayoría simple.
  • Decreto Legislativo: Norma con rango de ley dictada por el Gobierno (previa delegación de las Cortes).
  • Decreto-Ley: Norma con rango de ley dictada por el Gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad.

(Nota: El texto original repite las definiciones de las leyes, se mantienen a continuación para cumplir con la restricción de no eliminar contenido):

  • Ley Orgánica: Es aquella ley cuya aprobación, modificación o derogación exige la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados en una votación final.
  • Ley Ordinaria: Para su aprobación se necesita la mayoría simple.
  • Decreto Legislativo: Norma con rango de ley dictada por el Gobierno (previa delegación de las Cortes).
  • Decreto-Ley: Norma con rango de ley dictada por el Gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad.
  • Reglamento: Normas de desarrollo de las leyes.
  • Convenio Colectivo: Es un pacto escrito entre los representantes de los trabajadores y el empresario (o asociación empresarial) para regular las condiciones de trabajo de un sector profesional o empresa.
  • Contrato de Trabajo: Acuerdo entre el empresario y el trabajador para la prestación de servicios a cambio de una remuneración.
  • Usos y Costumbres: Usos y costumbres locales y profesionales.

2.2. Fuentes Internacionales y Comunitarias

El derecho comunitario se sitúa jerárquicamente por encima del derecho nacional, incluida la Constitución (en materias de cesión de soberanía), y se divide en:

  • Derecho Originario: Tratados fundacionales de las Comunidades Europeas (actualmente Unión Europea).
  • Derecho Derivado: Incluye el Reglamento, la Directiva, las Decisiones y las Recomendaciones.

3. Principios de Aplicación del Derecho Laboral

3.1. Principio de Jerarquía Normativa

La aplicación de las normas laborales sigue un orden de prelación estricto:

  1. Derecho Comunitario (UE).
  2. Constitución Española.
  3. Tratados Internacionales.
  4. Ley Orgánica.
  5. Ley Ordinaria, Decreto-Ley y Decreto Legislativo.
  6. Reglamento.
  7. Convenio Colectivo.
  8. Contrato de Trabajo.
  9. Usos y Costumbres locales y profesionales.

4. Derechos y Deberes en la Relación Laboral

4.1. Derechos y Obligaciones de los Trabajadores

Los trabajadores poseen derechos fundamentales y deberes profesionales:

Derechos
  • Derecho al trabajo.
  • Derecho fundamental a la huelga.
  • Derecho a la negociación colectiva.
Obligaciones
  • Cumplir con las obligaciones del puesto de trabajo.
  • Cumplir con las órdenes e instrucciones del empresario.
  • No competir con el empresario para el que trabaja (deber de no concurrencia).
  • Contribuir a la mejora de la productividad.

4.2. Obligaciones y Potestades del Empresario

Obligaciones

Los empresarios están obligados a cumplir la ley, respetar los derechos de los trabajadores y garantizar la igualdad de oportunidades y no discriminación.

Potestades (Poderes del Empresario)

El empresario posee el poder de dirección y organización de la empresa, lo que incluye:

  • Poder para organizar la actividad productiva.
  • Poder disciplinario.

El Contrato de Trabajo

1. Concepto y Capacidad para Contratar

1.1. El Contrato de Trabajo

El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador por el cual este se compromete a prestar sus servicios a cambio de una recompensa económica (salario).

1.2. Capacidad para Contratar

Pueden celebrar un contrato de trabajo:

  1. Ser mayor de edad (18 años).
  2. Tener 16 o más años y contar con una autorización expresa del padre, madre o tutor legal.
  3. Estar emancipado.

Estar emancipado con respecto de algunos requisitos: tener un permiso de la autoridad laboral, no suponer un peligro para su salud física.

2. Forma y Validez del Contrato

2.1. La Forma del Contrato

El contrato puede ser escrito o verbal. No obstante, la mayoría de los contratos se realizan por escrito, siendo la forma verbal la excepción. Los contratos que pueden ser verbales son:

  • Contrato indefinido ordinario.
  • Contrato eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo (si su duración es inferior a 4 semanas).

2.2. Validez del Contrato

El trabajador debe firmar el contrato para indicar que está conforme con la relación laboral acordada y sus condiciones.

3. Modalidades Contractuales

3.1. Contratos Indefinidos

  • Indefinido ordinario.
  • De fomento de la contratación indefinida.
  • Contrato fijo-discontinuo (c. fijo).

3.2. Contratos Temporales

  • Contrato de formación (actualmente, Contrato para la Formación en Alternancia).
  • Contrato en prácticas (actualmente, Contrato para la Obtención de Práctica Profesional).
  • Contrato de obra o servicios determinado (modalidad derogada, pero se mantiene el texto original).
  • Contrato de interinidad (modalidad derogada, pero se mantiene el texto original).
  • Contrato eventual por circunstancias de la producción.

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