Fundamentos de la Relación Laboral
1. Las Relaciones Laborales
1.1. Origen del Derecho Laboral
El derecho laboral regula las relaciones laborales. Aparece en el siglo XIX como respuesta a los problemas económicos y sociales que surgen a partir de la Revolución Industrial y con el objetivo de proteger al trabajador.
1.2. La Relación Laboral Ordinaria (Art. 1 del ET)
La relación laboral es aquella que reúne las siguientes características esenciales:
- Voluntaria: El trabajador firma un contrato libremente.
- Por cuenta ajena: El fruto del trabajo es para el empresario.
- Remunerada: Existe una compensación económica (salario).
- Personalísima: El trabajo es realizado solo por el trabajador.
- Dependiente: El empresario es quien dirige la actividad laboral.
En resumen, la relación laboral es el vínculo que existe entre el empresario y el trabajador a cambio de la prestación de servicios profesionales por parte del segundo.
1.3. Las Relaciones Laborales Especiales (Art. 2 del ET)
Son aquellas que, por sus características particulares, tienen una regulación específica. Incluyen, entre otras:
- Personal de alta dirección.
- Trabajadores del hogar familiar.
- Penados (presos) en instituciones penitenciarias.
- Deportistas profesionales.
- Artistas en espectáculos públicos.
2. Las Fuentes del Derecho del Trabajo
2.1. Fuentes Nacionales
Las fuentes nacionales indican de dónde proviene la norma y su origen. Podemos distinguir dos tipos:
Fuentes Materiales
- El Estado y la Administración.
- Las Comunidades Autónomas.
- Representantes de los trabajadores.
- Los Tribunales.
Fuentes Formales
Incluyen la Constitución Española, leyes y normas con rango de ley, y otras disposiciones:
- Ley Orgánica: Es aquella ley cuya aprobación, modificación o derogación exige la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados en una votación final.
- Ley Ordinaria: Para su aprobación se necesita la mayoría simple.
- Decreto Legislativo: Norma con rango de ley dictada por el Gobierno (previa delegación de las Cortes).
- Decreto-Ley: Norma con rango de ley dictada por el Gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad.
(Nota: El texto original repite las definiciones de las leyes, se mantienen a continuación para cumplir con la restricción de no eliminar contenido):
- Ley Orgánica: Es aquella ley cuya aprobación, modificación o derogación exige la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados en una votación final.
- Ley Ordinaria: Para su aprobación se necesita la mayoría simple.
- Decreto Legislativo: Norma con rango de ley dictada por el Gobierno (previa delegación de las Cortes).
- Decreto-Ley: Norma con rango de ley dictada por el Gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad.
- Reglamento: Normas de desarrollo de las leyes.
- Convenio Colectivo: Es un pacto escrito entre los representantes de los trabajadores y el empresario (o asociación empresarial) para regular las condiciones de trabajo de un sector profesional o empresa.
- Contrato de Trabajo: Acuerdo entre el empresario y el trabajador para la prestación de servicios a cambio de una remuneración.
- Usos y Costumbres: Usos y costumbres locales y profesionales.
2.2. Fuentes Internacionales y Comunitarias
El derecho comunitario se sitúa jerárquicamente por encima del derecho nacional, incluida la Constitución (en materias de cesión de soberanía), y se divide en:
- Derecho Originario: Tratados fundacionales de las Comunidades Europeas (actualmente Unión Europea).
- Derecho Derivado: Incluye el Reglamento, la Directiva, las Decisiones y las Recomendaciones.
3. Principios de Aplicación del Derecho Laboral
3.1. Principio de Jerarquía Normativa
La aplicación de las normas laborales sigue un orden de prelación estricto:
- Derecho Comunitario (UE).
- Constitución Española.
- Tratados Internacionales.
- Ley Orgánica.
- Ley Ordinaria, Decreto-Ley y Decreto Legislativo.
- Reglamento.
- Convenio Colectivo.
- Contrato de Trabajo.
- Usos y Costumbres locales y profesionales.
4. Derechos y Deberes en la Relación Laboral
4.1. Derechos y Obligaciones de los Trabajadores
Los trabajadores poseen derechos fundamentales y deberes profesionales:
Derechos
- Derecho al trabajo.
- Derecho fundamental a la huelga.
- Derecho a la negociación colectiva.
Obligaciones
- Cumplir con las obligaciones del puesto de trabajo.
- Cumplir con las órdenes e instrucciones del empresario.
- No competir con el empresario para el que trabaja (deber de no concurrencia).
- Contribuir a la mejora de la productividad.
4.2. Obligaciones y Potestades del Empresario
Obligaciones
Los empresarios están obligados a cumplir la ley, respetar los derechos de los trabajadores y garantizar la igualdad de oportunidades y no discriminación.
Potestades (Poderes del Empresario)
El empresario posee el poder de dirección y organización de la empresa, lo que incluye:
- Poder para organizar la actividad productiva.
- Poder disciplinario.
El Contrato de Trabajo
1. Concepto y Capacidad para Contratar
1.1. El Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador por el cual este se compromete a prestar sus servicios a cambio de una recompensa económica (salario).
1.2. Capacidad para Contratar
Pueden celebrar un contrato de trabajo:
- Ser mayor de edad (18 años).
- Tener 16 o más años y contar con una autorización expresa del padre, madre o tutor legal.
- Estar emancipado.
Estar emancipado con respecto de algunos requisitos: tener un permiso de la autoridad laboral, no suponer un peligro para su salud física.
2. Forma y Validez del Contrato
2.1. La Forma del Contrato
El contrato puede ser escrito o verbal. No obstante, la mayoría de los contratos se realizan por escrito, siendo la forma verbal la excepción. Los contratos que pueden ser verbales son:
- Contrato indefinido ordinario.
- Contrato eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo (si su duración es inferior a 4 semanas).
2.2. Validez del Contrato
El trabajador debe firmar el contrato para indicar que está conforme con la relación laboral acordada y sus condiciones.
3. Modalidades Contractuales
3.1. Contratos Indefinidos
- Indefinido ordinario.
- De fomento de la contratación indefinida.
- Contrato fijo-discontinuo (c. fijo).
3.2. Contratos Temporales
- Contrato de formación (actualmente, Contrato para la Formación en Alternancia).
- Contrato en prácticas (actualmente, Contrato para la Obtención de Práctica Profesional).
- Contrato de obra o servicios determinado (modalidad derogada, pero se mantiene el texto original).
- Contrato de interinidad (modalidad derogada, pero se mantiene el texto original).
- Contrato eventual por circunstancias de la producción.
