1. Modificación, Suspensión y Extinción del Contrato de Trabajo
1.1. Modificación del Contrato
Movilidad Funcional
- Definición: Cambio de funciones del trabajador dentro o fuera de su grupo profesional.
Tipos:
- Horizontal: Dentro del mismo grupo profesional (no necesita justificación).
- Vertical: Distinto grupo profesional (requiere razones técnicas u organizativas).
- Ascendente: Con titulación. Puede solicitar ascenso (6 meses en 1 año / 8 meses en 2 años).
- Descendente: Tareas inferiores, mantiene salario.
- Extraordinaria: Cambio vertical definitivo. Se considera una modificación sustancial.
Movilidad Geográfica
- Definición: Cambio de centro de trabajo que obliga a cambiar de residencia.
- Requisitos: Razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Tipos:
- Desplazamiento (Temporal):
- Máximo 12 meses en 3 años.
- Preaviso: 5 días (si es superior a 3 meses).
- Derechos: Salario, dietas, gastos de viaje y 4 días de permiso cada 3 meses.
- Puede aceptarse o impugnarse (20 días hábiles).
- Traslado (Definitivo):
- Preaviso: 30 días.
- Opciones del trabajador:
- Aceptar (con compensación).
- Impugnar (20 días hábiles).
- Extinguir contrato (indemnización: 20 días/año, máximo 12 mensualidades).
Traslado Colectivo:
- Período de consultas: 15 días.
- Afecta a:
- Igual o más de 10 trabajadores (en empresas con menos de 100 empleados).
- 10% de la plantilla (en empresas entre 100 y 300 empleados).
- Igual o más de 30 trabajadores (en empresas con más de 300 empleados).
Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo
- Afecta a: jornada, horario, salario, sistema de trabajo o rendimiento.
- Requiere causas objetivas.
Opciones del Trabajador:
- Aceptar.
- Impugnar (20 días hábiles).
- Extinguir contrato (indemnización: 20 días/año, máximo 9 meses).
1.2. Suspensión del Contrato
Definición
Interrupción temporal de la relación laboral sin prestación de servicios ni salario.
Causas:
- Mutuo acuerdo.
- ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) / Fuerza mayor.
- Incapacidad Temporal (IT).
- Nacimiento y cuidado de menor.
- Ejercicio del derecho a huelga.
- Privación de libertad sin condena.
- Violencia de género.
- Sanciones disciplinarias.
Excedencias
Tipos:
- Forzosa: Obligatoria, con reserva de puesto de trabajo.
- Voluntaria: Requiere 1 año de antigüedad. Duración entre 4 meses y 5 años. Sin reserva de puesto, pero con preferencia de reingreso.
- Por Cuidado de Hijo/a (máximo 3 años):
- Primer año: Reserva de puesto.
- Segundo y tercer año: Reserva de puesto en el mismo grupo o categoría profesional.
- Por Cuidado de Familiar (máximo 2 años): Mismo régimen que la excedencia por cuidado de hijo/a.
Nacimiento y Cuidado de Menor
- 16 semanas por progenitor (6 obligatorias tras el nacimiento, 10 flexibles).
- Parto múltiple: +2 semanas por hijo a partir del segundo (1 semana adicional para cada progenitor).
- Preaviso: 15 días para el uso de semanas opcionales.
1.3. Extinción del Contrato
Otras Causas de Extinción
- Mutuo acuerdo.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Extinción de la empresa: Indemnización de 20 días/año, máximo 12 meses.
- Fin de contrato temporal: Se paga el finiquito.
Por Voluntad del Trabajador
- Dimisión: Requiere preaviso (según convenio). No hay indemnización.
- Abandono: Sin preaviso. Puede haber reclamación por daños y perjuicios.
- Por Incumplimiento Empresarial:
- Salario impagado o retrasos (mínimo 3 meses).
- Menoscabo a la dignidad.
- Mobbing, acoso, traslados injustos, etc.
- Indemnización: 33 días/año, máximo 24 meses.
- Violencia de Género: Sin indemnización, pero con derecho a prestación por desempleo.
Por Voluntad de la Empresa
Despido Disciplinario
- Causas: Faltas de asistencia, desobediencia, ofensas, acoso, bajo rendimiento, embriaguez, etc.
- Comunicación por escrito (debe incluir fechas y motivos).
- No hay indemnización.
- Impugnación: Plazo de 20 días hábiles.
Tipos según Sentencia Judicial:
- Procedente.
- Improcedente: Indemnización de 33 días/año, máximo 24 mensualidades, o readmisión.
- Nulo: Readmisión inmediata + salarios de tramitación. (Ejemplos: embarazo, cuidado de hijos, violencia de género, etc.).
Despido por Causas Objetivas
- Causas: Ineptitud, falta de adaptación, amortización de puesto, fin de concesión pública.
- Comunicación: Preaviso de 15 días.
- Indemnización: 20 días/año, máximo 12 meses.
- Licencia: 6 horas/semana para buscar empleo.
- Si no hay preaviso, se debe abonar la parte correspondiente.
Despido Colectivo (ERE)
- Causas: Objetivas.
- Afecta en un período de 90 días a:
- Igual o más de 10 trabajadores (en empresas con menos de 100 empleados).
- Igual o más del 10% de la plantilla (en empresas entre 100 y 300 empleados).
- Igual o más de 30 trabajadores (en empresas con más de 300 empleados).
- Indemnización: 20 días/año, máximo 12 meses.
Despido por Fuerza Mayor
- Ejemplos: Incendio, catástrofes naturales, etc.
- Si es temporal: Se aplica un ERTE.
- Si es definitivo: Extinción del contrato con indemnización.
Liquidación del Contrato (Finiquito)
Incluye:
- Salario del mes en curso.
- Pagas extras proporcionales.
- Vacaciones no disfrutadas.
- Indemnización (si procede).
- Días de preaviso no cumplidos (si corresponde).
- Se puede firmar con la expresión «NO CONFORME«.
- Plazo para reclamar: 1 año.
2. Sistema de Seguridad Social y sus Prestaciones
2.1. El Sistema de Seguridad Social (SS)
Finalidad
Garantizar protección económica y sanitaria ante situaciones de necesidad:
- Enfermedad
- Accidente
- Jubilación
- Desempleo
- Orfandad
- Viudedad
Principio de Solidaridad
Solidaridad entre:
- Quienes cotizan más ↔ Quienes cotizan menos
- Sanos ↔ Enfermos
- Activos ↔ Jubilados
- Empleados ↔ Desempleados
Organismos Gestores de la Seguridad Social
- INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): Reconoce prestaciones económicas y ordena el pago.
- TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social): Gestiona la afiliación, altas, bajas y cotizaciones.
- SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal): Gestiona las prestaciones por desempleo.
- IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales): Gestiona pensiones no contributivas e iniciativas para mayores.
Obligaciones de la Empresa
- Afiliación: Se realiza una única vez en la vida laboral del trabajador.
- Alta y Baja: Se comunican antes de empezar o al finalizar el contrato.
- Cotización: Pago mensual de la cuota empresarial y del trabajador.
2.2. Tipos de Prestaciones de la Seguridad Social
Clasificación General
- Contributivas: Requieren cotización previa (ejemplos: jubilación, desempleo, Incapacidad Temporal).
- No Contributivas: Para personas sin suficientes cotizaciones (ejemplos: sanidad, subsidios).
2.2.1. Nacimiento, Embarazo y Lactancia
Protege la pérdida de ingresos por:
- Nacimiento y cuidado de menor
- Adopción/Acogida
- Riesgo durante el embarazo o la lactancia
2.2.2. Incapacidad Temporal (IT)
Requisitos
- Estar en situación de alta y afiliación.
- Cotización mínima: 180 días en los últimos 5 años (excepto en casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales).
Duración
- Máximo 12 meses, con posibilidad de prórroga hasta 18 meses, y excepcionalmente hasta 24 meses.
Cuantía
Contingencia Común
Días | Cuantía | Quién Paga |
---|---|---|
1-3 | No se cobra | – |
4-15 | 60% de la Base Reguladora (BR) | Empresa |
16-20 | 60% de la Base Reguladora (BR) | Mutua/INSS |
21+ | 75% de la Base Reguladora (BR) | Mutua/INSS |
Contingencia Profesional
- Día del accidente: Salario completo (a cargo de la empresa).
- A partir del día siguiente: 75% de la Base Reguladora (BR) (a cargo de la mutua o el INSS).
Base Reguladora (BR):
- Común: Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCCC) del mes anterior dividida por 30.
- Profesional: (Base de Cotización por Contingencias Profesionales (BCCP) – horas extras) / 30 + media anual de horas extras / 365.
2.2.3. Incapacidad Permanente (IP)
Tipo | Descripción |
---|---|
IP Parcial (IPP) | Disminución del rendimiento laboral igual o superior al 33%. |
IP Total (IPT) | Impide realizar el trabajo habitual, pero permite dedicarse a otra profesión. |
IP Absoluta (IPA) | Impide realizar cualquier tipo de trabajo. |
Gran Invalidez (GI) | Necesita ayuda de otra persona para las actividades básicas de la vida diaria. |
2.2.4. Jubilación
Edad Legal de Jubilación
- En 2025: 66 años y 8 meses.
- En 2027:
- 67 años (si cotizó menos de 38 años y 6 meses).
- 65 años (si cotizó igual o más de 38 años y 6 meses).
Requisitos
- Cotizar un mínimo de 15 años (2 de ellos dentro de los últimos 15 años previos a la jubilación).
Base Reguladora
- Media de las bases de cotización de los últimos 25 años cotizados = últimos 300 meses divididos por 350.
Cuantía
- Entre el 50% y el 100% de la Base Reguladora, según los años cotizados.
2.2.5. Prestaciones por Muerte y Supervivencia
Protección económica a familiares tras el fallecimiento del trabajador o pensionista:
- Viudedad
- Orfandad
2.2.6. Desempleo
Nivel Contributivo
Requisitos
- Cotizar un mínimo de 360 días en los últimos 6 años.
- Estar en situación legal de desempleo (no por dimisión voluntaria).
- Firmar el compromiso de actividad.
Cálculo de la Prestación
- Días cotizados: Determina la duración de la prestación por desempleo (ver tabla).
- Base Reguladora: Media de las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados.
- Porcentaje:
- Primeros 180 días: 70% de la Base Reguladora.
- Resto de días: 60% de la Base Reguladora.
- Topes (aproximados para 2025):
- Máximo sin hijos: 1.225 €
- Máximo con 1 hijo: 1.400 €
- Máximo con 2 o más hijos: 1.575 €
- Mínimo sin hijos: 560 €
- Mínimo con hijos: 749 €
- Descuento del 4,83% por cotización a la Seguridad Social.
Duración
Días Cotizados | Días de Paro |
---|---|
360-539 | 120 días |
540-719 | 180 días |
… | … |
2160 o más | 720 días |
Otros Aspectos
- Vacaciones pendientes: La prestación por desempleo comienza una vez finalizado el período de vacaciones no disfrutadas y abonadas por la empresa.
Nivel Asistencial (Subsidio)
Requisitos
- Estar desempleado legalmente y como demandante de empleo.
- Haber cotizado:
- 3 meses si se tienen responsabilidades familiares.
- 6 meses si no se tienen responsabilidades familiares.
- No tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) (aproximadamente 888 €).
Cuantía
- 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples): 480 €/mes.