Conceptos de Control y Autoridad Aduanera
Acciones de control extraordinario: Son acciones adicionales para verificar el cumplimiento de obligaciones y prevenir delitos o infracciones aduaneras. No forman parte del trámite aduanero regular y pueden realizarse antes, durante o después del despacho.
Acciones de control ordinario: Corresponde al trámite de ingreso y salida de mercancía, conforme a la normativa vigente, las cuales incluyen acciones como revisión documentaria y reconocimiento físico, entre otras.
Administración aduanera: Es el órgano de la SUNAT encargado de aplicar la legislación aduanera, recaudar tributos y controlar el cumplimiento de los regímenes aduaneros.
Autoridad aduanera: Funcionario de la Administración Aduanera (AA) que ejerce la potestad aduanera.
Control aduanero: Conjunto de medidas adoptadas para asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera.
Potestad aduanera: Es el conjunto de facultades que tiene la Administración Aduanera para controlar el ingreso, permanencia, traslado y salida de personas, mercancías y medios de transporte, así como hacer cumplir las normas aduaneras.
Procesos de Despacho y Aforo
Aforo: Facultad de verificar la naturaleza, origen, estado y demás características del producto para la determinación de los derechos arancelarios.
Despacho aduanero: Conjunto de formalidades aduaneras para que las mercancías sean sometidas a un régimen aduanero.
Destinación aduanera: Manifestación de voluntad del declarante para indicar el régimen aduanero al que se debe someter la mercancía.
Levante: Es la autorización de la autoridad aduanera para que el interesado pueda disponer de la mercancía según el régimen solicitado.
Reconocimiento físico: Es la revisión de la mercancía para comprobar que coincide con lo declarado, verificando características como naturaleza, cantidad, calidad, valor, peso o clasificación.
Reconocimiento previo: Es la verificación que puede realizar el dueño o consignatario de la mercancía antes de presentar la declaración aduanera.
Revisión documentaria: Es la evaluación que realiza la autoridad aduanera de la información de la declaración y documentos que la sustentan.
Mercancías y Carga
Bienes de capital: Máquinas y equipos depreciables que intervienen de forma directa en las actividades productivas sin modificar su naturaleza.
Carga consolidada: Agrupación de mercancías de uno o varios consignatarios que se juntan para ser transportadas bajo un mismo documento de transporte.
Mercancía: Es todo bien que puede ser clasificado según la nomenclatura arancelaria y sometido a un régimen aduanero.
Mercancía equivalente: Es la mercancía idéntica o similar a la importada que será utilizada para reposición, reparación o cambio.
Mercancía extranjera: Es la mercancía que proviene del exterior y no ha sido nacionalizada, o que fue producida en el país y nacionalizada en el extranjero.
Mercancía nacional: Es la mercancía producida o fabricada en el país con materias primas nacionales o nacionalizadas.
Muestra sin valor comercial: Es una mercancía destinada únicamente a mostrar sus características y que no tiene valor comercial.
Producto compensador: Es el producto obtenido después de transformar, elaborar o reparar mercancías autorizadas bajo regímenes de perfeccionamiento.
Documentación y Medios Electrónicos
Declaración aduanera de mercancías: Documento en el cual el declarante indica el régimen aduanero que debe aplicarse a la mercancía.
Documento electrónico: Es un conjunto de datos digitales creados, enviados y almacenados mediante medios electrónicos.
Documentos de envíos postales: Documento que contiene información relacionada con el medio de transporte, peso, número de bultos, etcétera.
Factura original: Es la factura emitida por el proveedor que demuestra los detalles de una operación comercial y puede presentarse en formato físico o electrónico.
Guía de envíos de entrega rápida: Es el documento que contiene la información del envío, como descripción, cantidad y valor, además del contrato entre las partes involucradas.
Manifiesto de carga: Es el documento que contiene información de la carga, como cantidad de bultos, peso, descripción de la mercancía, medio de transporte y datos del dueño o consignatario.
Medios electrónicos: Son herramientas y sistemas tecnológicos que permiten crear, procesar, transmitir, comunicar y almacenar información.
Sujetos del Comercio Exterior
Consignante: Persona natural o jurídica que envía mercancía en el país o al exterior.
Consignatario: Persona natural o jurídica que recibe la mercancía.
Declarante: Es la persona que realiza y presenta una declaración aduanera por cuenta propia o en representación de otra persona.
Depositario: Persona jurídica autorizada por la Administración Aduanera para operar el almacén aduanero.
Infraestructura y Almacenamiento
Depósito aduanero: Local donde ingresan y se almacenan mercancías solicitadas.
Depósito franco: Locales cerrados dentro del territorio nacional y autorizados por el Estado en relación con los tributos o derechos aduaneros.
Depósito temporal: Local donde ingresan y se almacenan temporalmente mercancías hasta obtener la autorización de levante.
Depósito temporal postal: Local destinado para almacenar, clasificar y despachar.
Punto de llegada: Son las áreas de zona primaria donde se realizan operaciones relacionadas con el ingreso de mercancías al país.
Zona de reconocimiento: Es el área destinada por la Administración Aduanera para realizar el reconocimiento físico de las mercancías.
Zona franca: Es una parte del territorio nacional donde las mercancías ingresadas se consideran fuera del territorio aduanero para efectos de derechos e impuestos.
Zona primaria: Es la parte del territorio aduanero donde se realizan operaciones de ingreso, salida y control de mercancías, como puertos, aeropuertos y terminales.
Zona secundaria: Es la parte del territorio aduanero que no pertenece a la zona primaria ni a la zona franca.
Tributos, Garantías y Sanciones
Derechos arancelarios o de aduana: Impuestos establecidos en el arancel de aduanas a las mercancías.
Franquicia: Es la exoneración total o parcial del pago de tributos establecida por ley.
Garantía: Es un instrumento que asegura el cumplimiento de las obligaciones aduaneras.
Incautación: Es una medida preventiva donde la Autoridad Aduanera retiene la mercancía y la traslada a los almacenes de SUNAT hasta determinar su situación legal.
Inmovilización: Es una medida preventiva que obliga a mantener las mercancías en un lugar determinado para realizar controles aduaneros.
Multa: Es una sanción económica que se aplica a quienes cometen infracciones administrativas aduaneras.
Prenda aduanera: Es la garantía que tienen las mercancías bajo control aduanero para asegurar el pago de la deuda tributaria, tasas y cumplimiento de requisitos. Mientras no se pague o garantice la deuda, las mercancías no pueden ser utilizadas ni dispuestas libremente.
Recargos: Son pagos adicionales diferentes a la deuda tributaria aduanera relacionados con el ingreso o salida de mercancías.
Otros Conceptos Relevantes
Elaboración: Proceso en donde las mercancías se incorporan en la fabricación de una nueva mercancía.
Ensamblaje o montaje: Unión, acoplamiento o empalme de dos o más piezas.
Envíos de entrega rápida: Son documentos, paquetes u otras mercancías que necesitan un traslado urgente y entrega inmediata al destinatario, transportados mediante una guía de envío de entrega rápida.
Formalidades aduaneras: Son las acciones que realizan las personas interesadas y la Administración Aduanera para cumplir con las normas aduaneras.
Llegada del medio de transporte: Es el momento en que el transporte llega al país, según la fecha y hora registrada en la vía marítima, aérea o terrestre.
SUNAT: Es la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.
Término de la descarga: Es la fecha y hora en que finaliza la descarga del medio de transporte.
Territorio aduanero: Es la parte del territorio nacional donde se aplica la legislación aduanera, incluyendo el espacio terrestre, acuático y aéreo.
Transporte Multimodal Internacional: Es el traslado de mercancías usando dos o más medios de transporte mediante un único documento de transporte y cruzando al menos una frontera.
