Seguridad Social: Conceptos y Regímenes
El objetivo principal de la Seguridad Social es garantizar la asistencia y unas prestaciones suficientes en caso de necesidad.
Regímenes
- General: Incluye a los trabajadores por cuenta ajena, funcionarios y personal no funcionario de la administración pública.
- Especiales: Actividades que tienen una norma y acción protectora propia (mar, por cuenta propia, minería, estudiantes).
Fuentes de financiación
Se basa en las cuotas de trabajadores y empresarios, calculadas sobre la base de cotización, además de las aportaciones del Estado.
La acción protectora
La Seguridad Social protege a los trabajadores en ciertas situaciones, compensando la pérdida de ingresos o el aumento de gastos mediante prestaciones económicas y no económicas.
Las 7 prestaciones principales
- Asistencia sanitaria
- Incapacidad temporal
- Prestaciones por motivos familiares
- Incapacidad permanente
- Jubilación
- Prestaciones por muerte y supervivencia
- Desempleo
Asistencia sanitaria
Comprende los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud y la aptitud para el trabajo. Beneficiarios: Personas trabajadoras de alta, pensionistas, personas subsidiadas y familiares de personas beneficiarias.
Incapacidad temporal (IT)
Subsidio diario durante la baja temporal por enfermedad o accidente.
Tipos de IT
- Contingencias comunes: Enfermedad o accidente no laboral.
- Contingencias profesionales: Accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Requisitos y cuantía
- Comunes: Se requiere cotizar al menos 180 días en los 5 años anteriores (salvo accidente no laboral). Cálculo: BR = BCCC mes anterior a la baja / días cotizados. Del 1º al 3º día: nada; del 4º al 20º: 60% de la BR; del 21º en adelante: 75%.
- Profesionales: No se requiere tiempo mínimo de cotización. Cálculo: BR = (BCCP mes anterior a la baja sin horas extras / número de días cotizados) + (Horas extras del año natural anterior / 365). Día de la baja: salario íntegro; desde el día siguiente: 75% de la BR.
Prestaciones por motivos familiares
- Embarazo o lactancia: Subsidio del 100% de la base reguladora.
- Nacimiento y cuidado de un menor: 16 semanas de descanso (incremento de 2 semanas por cada hijo a partir del segundo o por discapacidad). 100% de la base reguladora.
Incapacidad permanente
Situación en la que el trabajador tiene limitaciones graves y permanentes que reducen o impiden su capacidad para trabajar.
- Parcial: Reduce el rendimiento en su trabajo habitual al menos un 33%. (Cuantía: 24 mensualidades de la BR de IT).
- Total: No puede ejercer su profesión habitual, pero sí otra distinta. (Cuantía: 55% de la BR + 20% con más de 55 años que no trabajen).
- Absoluta: No puede trabajar en ninguna profesión. (Cuantía: 100% BR).
- Gran invalidez: Necesita ayuda de otra persona para las actividades diarias. (Cuantía: 100% de la BR más complemento).
Jubilación
Pensión vitalicia al alcanzar la edad legal. Requisitos: 15 años cotizados (2 en los últimos 15 años) y 67 años de edad (o 65 años si se han cotizado 38 años y medio). Cuantía: BR = BCCC 300 meses anteriores / 350. Se parte del 50% a los 15 años cotizados, aumentando hasta el 100% a los 37 años cotizados.
Prestaciones por muerte y supervivencia
- Auxilio por defunción: Cantidad a tanto alzado para gastos de sepelio.
- Viudedad: Para cónyuge o pareja de hecho. Requiere hijos comunes o matrimonio de al menos un año. (En enfermedad común: 500 días cotizados en 5 años). Cuantía: 52% al 70% de la BR.
- Orfandad: Para hijos del fallecido (menores de 21 años o hasta 25 en casos específicos). Cuantía: 20% de la BR.
Prestación contributiva por desempleo
Requisitos: Situación legal de desempleo, inscripción como demandante, búsqueda activa de empleo, compromiso de actividad y haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. Cuantía: 70% de la BR los primeros 180 días; 60% a partir del día 181. Duración: Mínimo 120 días, máximo 720 días.
Subsidio por desempleo
Requisitos: Situación legal de desempleo, inscripción, búsqueda activa, compromiso de actividad y rentas mensuales inferiores al 75% del SMI. Cuantía: 95% (primeros 180 días), 90% (día 181 al 360), 80% (a partir del día 361). La duración varía según la situación personal (de 3 a 21 meses).
