Sistema de Relaciones Laborales en Italia: Características y Evolución
El sistema de relaciones laborales en Italia se caracteriza por la ambigüedad, la debilidad de las instituciones, la informalidad y una gran interdependencia del sistema político. La evidencia de un bajo grado de institucionalización se manifiesta en:
- La ausencia de legislación sobre negociación colectiva (NC), huelgas o consultas.
- El desajuste entre los diversos niveles de NC: central, industrial, regional o de centro de trabajo.
- La representación de los trabajadores únicamente a través de los sindicatos divididos ideológicamente.
- La débil autoridad interna de las asociaciones empresariales.
Consecuencias del bajo nivel de institucionalización
- Falta de credibilidad y de confianza entre los actores.
- Ausencia de instituciones fuertes.
- Inestabilidad en la influencia de los actores.
- Conflictividad laboral.
No existen marcos reguladores de los derechos de información, consulta y participación de los empleados (modelo alemán). En Italia, los representantes sindicales no tienen medios para hacer cooperar a la dirección.
La otra cara de la moneda es que el sistema italiano es altamente flexible y adaptable. La ausencia de un marco legal regulador ha hecho que las relaciones industriales (RI), tanto en las grandes como en las pequeñas empresas, se basen más en el pragmatismo y en la cooperación por ambas partes. Este aspecto, junto con la debilidad institucional, hace que las RI en Italia se caractericen por su diversidad y volatilidad.
Los Sindicatos en Italia
Los sindicatos en Italia presentan una estructura centralizada, tradición revolucionaria y socialista, y una tendencia hacia la conflictividad social.
Las relaciones entre las tres confederaciones han cambiado a lo largo del tiempo. El sindicalismo italiano se fragmenta entre tres formaciones históricas diferenciadas ideológicamente:
Confederación General Italiana del Trabajo (Confederazione Generale Italiana del Lavoro, CGIL): combina tres corrientes: una mayoría comunista, socialistas y otros afiliados más a la izquierda.
Confederación Italiana de los Sindicatos de los Trabajadores (Confederazione Italiana dei Sindicati Lavoratori, CISL): cercano a la Democracia Cristiana, aunque no sea formalmente confesional. Contiene algunos elementos socialistas y radicales, se considera cercano a los sindicatos norteamericanos. Agrupa trabajadores asalariados de cuello blanco/azul.
Unión Italiana del Trabajo (Unione Italiana del Lavoro, UIL): Políticamente representa a la oposición reformista a los comunistas y socialistas, pero desde un punto de vista laico, manteniendo una tradición anticlerical, oponiéndose a la influencia de la Iglesia Católica. Juega un papel muy importante en la CES.
Características de los Sindicatos Italianos
- Pluralismo asociativo histórico (guerra fría).
- Unidad de acción sindical (CGIL, CISL y UIL).
- Primacía confederal con respecto a las federaciones sectoriales.
- Peso predominante del centro con respecto a las estructuras periféricas.
- Sistema de canal único de la representación en los lugares de trabajo (RSU), elegido por afiliados y no afiliados.
- Fuerte capacidad de movilización.
- Elevada propensión a la concertación, tanto interconfederal como tripartita: acuerdos en materia de política de rentas, el sistema de negociación, el mercado laboral, el sistema de pensiones y sanitario.
- Intervención legislativa y estatal en materia de relaciones laborales (representación, huelga, negociación colectiva): nivel bajo de intervención.
Afiliación Sindical
- Caída en las federaciones del sector industrial, compensada por el aumento en el sector público y privado.
- Transporte (52%) y construcción (63%) son las federaciones sectoriales con mayor afiliación.
- Distribución territorial:
- CGIL: se concentran en Lombardía y Emilia Romagna.
- CISL: Campania y Sicilia.
Modelo mixto de representación con predominio sindical: 2/3 de las RSU son elegidos por los trabajadores (candidaturas sindicales) y el otro 1/3 designado por los sindicatos.
Recursos de los Sindicatos
- Recursos directos: posibilidad de retener la cuota de afiliación de la nómina del trabajador.
- Recursos indirectos: crédito horario y costes de funcionamiento de la RSU a cargo de las empresas.
Las Asociaciones Empresariales en Italia
Las asociaciones empresariales en Italia presentan diversidad según propiedad (pública o privada), tamaño, sector económico y región geográfica. Existen problemas organizativos siempre presentes en CONFINDUSTRIA: sin cohesión interna y autoridad sobre sus miembros (fragmentación).
La Asociación más importante y representativa de los empresarios privados es la Confederación General de la Industria Italiana, Confindustria, que tiene una estructura dual:
- Sectorial
- Territorial
Novedades Importantes en las Asociaciones Empresariales
R.ETE. Imprese Italia (Representación y TErritorio, 2010): surge de la coordinación de cinco organizaciones de varios que configuran una nueva estructura y obtener representación ante el gobierno y las autoridades públicas.
Alleanza delle Cooperative Italiane: los tres miembros fundadores comenzaron a transformar la alianza en una organización formal.
Reforma del estatuto y organización de Confindustria (Comisión Pesenti, 2014): Problema: excesivo tamaño, duplicación de niveles y funciones, conflictos en ámbito territorial.
Los empresarios italianos han variado sus actitudes hacia los sindicatos, la negociación colectiva y la participación de los trabajadores con el tiempo. El panorama resultante es variado y complejo a la hora de establecer una filosofía común por parte de los empresarios italianos respecto a las relaciones industriales.
Estructura compleja: (ámbitos funcionales desde el final de la II GM) Multisectorial nacional, Sectorial nacional y Empresa o centro de trabajo. Hasta 1993 la negociación colectiva no es objeto de regulación (carácter voluntarista).
Negociación Colectiva en Italia
Acuerdo Marco Tripartito (estado, cofindustria, CGIL, CISL y UIL 1993):
- Reconocimiento de los sindicatos en el centro de trabajo (RSU).
- Se fijan las normas que regulan los procedimientos de negociación, la duración de los convenios y la huelga.
- Los convenios de ámbito nacional: duración 4 años, excepto los salarios cada dos años junto con los objetivos de inflación.
- Los convenios de empresa: primas de productividad y otros complementos salariales.
- La estructura de la negociación colectiva se articula alrededor del convenio nacional de sector (o industria) complementado por una negociación descentralizada en el ámbito de la empresa o del territorio en el caso de las pequeñas empresas.
- Los convenios superiores definen los procedimientos de los niveles inferiores.
- Cualquier incremento salarial se vincula a la productividad y al comportamiento de la empresa.
- Fin de la indexación de los salarios a los precios, del sistema de revisión automática de los salarios (la “scala mobile”).
Acuerdo Tripartito (Gobierno S Berlusconi, Cofindustria, CSIL y UIL 2009):
- Vigencia del acuerdo tripartito: 4 años.
- Define la negociación colectiva.
- Convenios: tres años (cuatro años, y cada dos revisión salarial).
Estructura Compleja de la Negociación Colectiva
- Convenios sectoriales.
- Convenios de empresa o territoriales: la articulación de la negociación colectiva en el ámbito inferior no podrá renegociar los temas salariales o normativos que ya estén regulados en los convenios sectoriales.
- No existe la institución legal del SMI: son los convenios nacionales sectoriales los que negocian los salarios mínimos de referencia para cada sector.
En 2010 (congreso CGIL) se observa una posición moderada y la necesidad de unidad de acción.
Debates Actuales en la Negociación Colectiva
- El caso FIAT. ¿Una crisis del sistema?
- El art. 18 del Estatuto de los Trabajadores y la reforma del mercado de trabajo.
- Ley de empleo: ley marco desarrollada en decretos leyes.
- Ley de empleo y (temas pendientes). Se produce una FRAGMENTACIÓN DEL SISTEMA DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO.
La Negociación Colectiva: Aspectos Clave
- La Constitución de 1947 no toca la negociación colectiva, ni existe un estatuto jurídico especial para establecer la representatividad de los sindicatos y de las organizaciones patronales.
- Su actividad y la estructura negociadora se rige por el acuerdo tripartito de 1993 que reconoce la capacidad de negociación de los sindicatos y articula la negociación colectiva en dos niveles: sistema jerárquico de especializaciones y no repetición.
- No existen datos oficiales de la CNC ni mecanismos de extensión para ampliar la cobertura de los convenios a pesar de estar recogido en el art. 39 de la Constitución de 1947.
- Vía indirecta (Tribunales de Trabajo): utilizan los convenios sectoriales nacionales como referencia para juzgar conflictos individuales sobre temas salariales (art. 36.1, Constitución 1947).
Situación Actual (SXXI)
Matteo Renzi (2014- ; Reforma Política), Ley Electoral (Italicum) y el Objetivo: terminar con la inestabilidad crónica de los ejecutivos italianos. Reforma Constitucional (referéndum: 04-12-2016).
