El Derecho del Trabajo
Naturaleza del Derecho del Trabajo
El derecho al trabajo, ¿es público o privado?
- Derecho Público: Regula las relaciones del Estado con los particulares. Incluye el derecho internacional público, derecho político, derecho administrativo, derecho penal, derecho procesal, derecho financiero y derecho comunitario.
- Derecho Privado: Regula las relaciones entre particulares. Incluye el derecho internacional privado, derecho civil y derecho mercantil.
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Derecho del Trabajo: Se sitúa entre el público y el privado.
- Aspecto Público: Ley de la Seguridad Social.
- Aspecto Privado: Contratos, convenios colectivos.
Requisitos de la Relación Laboral
¿Qué requisitos debe cumplir un trabajo para estar regulado por el derecho laboral?
- Voluntario
- Por cuenta ajena
- Dependiente
- Retribuido
Actividades Excluidas y Relaciones Laborales Especiales
Actividades Excluidas
Son aquellas que, aunque implican una prestación de servicios, no se rigen por el Derecho Laboral común:
- El trabajo de los funcionarios públicos.
- Las prestaciones personales obligatorias.
- Los trabajos realizados por amistad o benevolencia.
- Los trabajos familiares, salvo que estén asalariados.
- Trabajos por cuenta propia (autónomos).
Relaciones Laborales Especiales
Son aquellas que, por sus características, tienen una regulación específica dentro del Derecho Laboral:
- Personal de alta dirección.
- Empleados al servicio del hogar familiar.
- Penados en las instituciones penitenciarias.
- Deportistas profesionales y artistas en espectáculos públicos.
- Personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
Derechos Fundamentales y Laborales
Derechos Fundamentales
Reconocidos en la Constitución y con especial protección:
- Derecho a la huelga.
- Derecho a no ser discriminado.
- Derecho a fundar o afiliarse a sindicatos.
Otros Derechos y Libertades Laborales
Derechos reconocidos a los trabajadores:
- Derecho a un trabajo.
- Derecho a la promoción.
- Derecho a un salario adecuado.
- Derecho a la negociación colectiva.
Jerarquía Normativa Laboral
Principios que rigen la aplicación de las normas laborales:
- Principio de la norma mínima: Las normas de rango superior establecen mínimos que las de rango inferior pueden mejorar.
- Principio de la norma más favorable: En caso de conflicto entre normas, se aplica la que resulte más beneficiosa para el trabajador.
- Principio in dubio pro operario: En caso de duda en la interpretación de una norma, se opta por la interpretación más favorable al trabajador.
- Principio de condición beneficiosa: Las condiciones más beneficiosas para el trabajador, adquiridas por costumbre o pacto, se mantienen.
- Principio de irrenunciabilidad de derechos: Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos reconocidos por las normas laborales.
Capacidad para ser Trabajador
¿Cuándo se puede ser trabajador en nuestro país?
- Mayor de 18 años.
- Menor de 18 años emancipado.
- Menor de 18 años no emancipado con autorización legal.
Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo
¿Cuáles son los tres elementos de los contratos de trabajo?
- Consentimiento: Es la manifestación de la voluntad de las partes (trabajador y empresario) de obligarse.
- Objeto: Es la prestación de servicios por parte del trabajador y la retribución por parte del empresario.
- Causa: Es el motivo o finalidad por el que se realiza el contrato (intercambio de trabajo por salario).
Cláusulas Adicionales en el Contrato de Trabajo
Son pactos específicos que pueden incluirse en un contrato de trabajo:
- Confidencialidad: Obliga a mantener en secreto la información revelada y obtenida en la empresa.
- No competencia: El trabajador no puede realizar la misma actividad durante un período de tiempo después de finalizada la relación laboral.
- Permanencia: Si la empresa ha invertido una cantidad de dinero en la formación del trabajador, puede exigirle un tiempo determinado de permanencia (hasta 2 años).
- Dedicación plena: El trabajador no puede desempeñar otra actividad laboral durante la vigencia del contrato.
Jornada Laboral y Descansos
Jornada Ordinaria
¿Cuántas horas es la jornada ordinaria de trabajo en nuestro país en cómputo anual?
- La jornada máxima es de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual.
- El Estatuto de los Trabajadores establece que no puede superar las 9 horas diarias, salvo convenio o pacto.
- Los menores de 18 años no pueden realizar más de 8 horas diarias, incluyendo el tiempo de formación, excepto en casos especiales.
Descansos
¿De cuánto es el descanso diario, semanal y anual?
- Descanso diario: Mínimo 12 horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.
- Descanso semanal: Mínimo un día y medio ininterrumpido, acumulable por períodos de hasta 14 días.
- Descanso anual (Vacaciones): Mínimo 30 días naturales.
Jornada Nocturna
¿Cuándo consideramos que un trabajador trabaja en jornada nocturna?
- Se considera jornada nocturna la realizada entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana.
- Se considera trabajador nocturno aquel que realice al menos 3 horas diarias de su jornada en horario nocturno, o que trabaje en horario nocturno un tercio de su jornada anual.
Horas Extraordinarias
¿Cuántas horas extras al año se pueden hacer en nuestro país?
- El número máximo de horas extraordinarias al año es de 80.
- Su realización es voluntaria, salvo pacto en convenio colectivo o contrato individual.
- La empresa debe llevar un control escrito de las horas extraordinarias realizadas.
- Los trabajadores en jornada nocturna no pueden realizar horas extraordinarias.
Vacaciones
Las vacaciones son retribuidas y no pueden sustituirse por compensación económica, excepto en dos únicos casos:
- Que el trabajador cese en la empresa sin haber disfrutado de las vacaciones.
- Que el trabajador sea contratado por un período inferior al año y no haya podido disfrutar de las vacaciones.
Permisos Retribuidos
Son ausencias del trabajo que el trabajador puede realizar manteniendo su derecho a la retribución:
- Matrimonio: 15 días.
- Nacimiento de hijo, enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de familiar: 2 a 4 días (dependiendo de si hay desplazamiento).
- Traslado de domicilio: 1 día.
- Funciones sindicales: Según convenio.
- Cumplimiento de deber inexcusable de carácter público y personal (ej. votar): A convenir con la empresa, con el tiempo indispensable.
Salario y Nómina
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
¿Quién fija el SMI en España?
- El Gobierno fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que es la cantidad mínima que debe recibir un trabajador por 40 horas semanales.
- El SMI es inembargable, excepto para el pago de pensiones alimentarias de hijos o cónyuges.
Estructura de la Nómina
Las cuatro partes principales de la nómina son:
- Encabezado: Datos de la empresa y del trabajador.
- Devengos: Todas las percepciones salariales y no salariales que recibe el trabajador.
- Deducciones: Cantidades que se restan del total devengado (cotizaciones a la Seguridad Social, IRPF, etc.).
- Bases de Cotización: Cantidades sobre las que se calculan las cotizaciones a la Seguridad Social.
Modificación, Suspensión y Extinción del Contrato
Tipos de Modificación del Contrato
El Estatuto de los Trabajadores permite tres tipos de modificación de contrato:
- Movilidad funcional: Cambio de funciones dentro de la misma empresa.
- Movilidad geográfica: Traslado o desplazamiento del trabajador.
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo: Cambios en jornada, horario, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración, etc.
Movilidad Geográfica
¿Qué requisitos son indispensables para que se considere movilidad geográfica?
Consiste en el traslado del trabajador que implica un cambio de residencia. Puede ser:
- Traslado definitivo: Si excede de 12 meses en un período de 3 años.
- Desplazamiento temporal: Si es inferior a 12 meses en un período de 3 años.
Debe justificarse por razones técnicas, organizativas, económicas o productivas.
Tipos de Excedencia
La excedencia es una situación en la que el contrato de trabajo se suspende temporalmente:
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Voluntaria:
- Motivo: Necesidad del trabajador.
- Duración: De 4 meses a 5 años.
- Reserva del puesto: Sin reserva del puesto de trabajo (solo derecho preferente al reingreso).
- Requisito: Requiere 1 año de antigüedad en la empresa.
-
Forzosa:
- Motivo: Elección para cargo público.
- Duración: Dura lo que dure el cargo.
- Reserva del puesto: Hay reserva del puesto de trabajo.
-
Cuidado de hijos:
- Motivo: Nacimiento, adopción, acogida.
- Duración: Hasta 3 años.
- Reserva del puesto: Reserva de plaza el primer año, luego a un puesto del mismo grupo profesional.
-
Cuidado de un familiar:
- Motivo: Cuidado de familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
- Duración: Hasta 2 años.
- Reserva del puesto: Reserva de puesto de trabajo el primer año.
Extinción del Contrato por Voluntad del Empresario
Tipos de despido:
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Despido Colectivo (ERE):
- Causas: Siempre por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas (ETOP) que afecten a un número determinado de trabajadores.
- Procedimiento: Requiere un período de consultas con los representantes de los trabajadores.
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Despido por Causas Objetivas:
- Causas: Ineptitud del trabajador, falta de adaptación, causas ETOP que no alcanzan el umbral del despido colectivo, etc.
- Indemnización: 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
- Preaviso: 15 días.
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Despido Disciplinario:
- Causas: Por incumplimiento grave y culpable del trabajador (faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas al empresario o compañeros, acoso por razón de sexo, raza, etc.).
- Indemnización: No hay derecho a indemnización si es declarado procedente.
- Si es declarado improcedente: Indemnización de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades (para contratos posteriores a febrero de 2012).
- Si es declarado nulo: Cuando se produzca violación de los derechos fundamentales y libertades públicas de los trabajadores. Implica la readmisión inmediata del trabajador y el abono de los salarios de tramitación.
El Finiquito
Cuando se extingue una relación laboral, el empresario comunica al trabajador la denuncia de la extinción del contrato y debe entregar una propuesta de liquidación de las cantidades adeudadas, documento conocido como finiquito.
Conceptos que incluye el finiquito:
- Días trabajados del mes en curso.
- Pagas extraordinarias pendientes de devengar.
- Vacaciones no disfrutadas.
- Indemnizaciones (si corresponden).
- Compensación por falta de preaviso (si corresponde).
Retenciones en el finiquito:
- Cotización a la Seguridad Social.
- Retención de IRPF.
Seguridad Social
Estructura de la Seguridad Social
La Seguridad Social en España se estructura en:
- Régimen General: Incluye a todos los trabajadores españoles o extranjeros que trabajen habitualmente en territorio nacional por cuenta ajena y que no estén incluidos en ningún régimen especial.
-
Regímenes Especiales: Adaptados a las particularidades de ciertos colectivos:
- Agrarios.
- Trabajadores del mar.
- Trabajadores de la minería del carbón.
- Trabajadores autónomos.
- Funcionarios públicos.
Seguridad Social No Contributiva
¿Qué cubre la Seguridad Social no contributiva?
Está destinada a españoles que no estén en la contributiva por no haber cotizado lo suficiente o carecer de recursos. Cubre:
- Asistencia sanitaria.
- Incapacidad permanente no contributiva.
- Jubilación no contributiva.
Tipos de Incapacidad Permanente
La incapacidad permanente es la situación del trabajador que, después de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral:
- Permanente Parcial: Reducción de al menos el 33% de la capacidad para su profesión habitual, pero puede realizarla.
- Permanente Total: Inhabilita para la profesión habitual, pero puede realizar otra profesión diferente.
- Permanente Absoluta: Inhabilita para la realización de cualquier profesión.
- Gran Invalidez: Necesita asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
Sindicatos y Representación de los Trabajadores
Los Sindicatos
Es una asociación permanente sin ánimo de lucro, que tiene como objetivo la defensa y mejora de las condiciones de sus afiliados frente a empresarios y organizaciones.
Libertad Sindical
Es un derecho fundamental que incluye:
- Derecho a fundar, suspender y extinguir un sindicato.
- Derecho a la actividad sindical.
Comité de Empresa y Delegados de Personal
¿Quién forma y a quién representa el comité de empresa?
- La representación sindical representa a los trabajadores afiliados a los sindicatos.
- El Comité de Empresa y los Delegados de Personal representan al conjunto de los trabajadores de la empresa.
Competencias de los Delegados de Personal y Comité de Empresa:
- Controlar el cumplimiento de las condiciones de trabajo y de las normas de prevención de riesgos laborales y Seguridad Social.
- Recibir información sobre la evolución del sector al que pertenece la empresa, datos empresariales, contratos, etc.
- Emitir un informe previo y no vinculante sobre reestructuración de plantillas, ERE, modificación de horarios, jornadas, sueldos, etc.
- Estar presente si lo solicita el trabajador en los despidos.
- Controlar el cumplimiento de las condiciones de trabajo y normas de prevención de riesgos.
Resolución de Conflictos Laborales
Medios de Resolución de Conflictos
Los conflictos laborales se clasifican en pacíficos y de presión.
Los medios pacíficos pueden ser extrajudiciales y judiciales.
Medios Pacíficos Extrajudiciales
- Negociación: Acuerdo directo entre trabajador y empresario.
- Conciliación: Intervención de un tercero (conciliador) que no propone soluciones, solo facilita el diálogo.
- Mediación: Intervención de un tercero (mediador) que propone soluciones, pero no son de obligado cumplimiento.
- Arbitraje: Intervención de un tercero (árbitro) que dicta un fallo de obligado cumplimiento para ambas partes.
Medios Pacíficos Judiciales
- Los Juzgados y Tribunales de lo Social.
Medios de Presión
- La huelga (por parte de los trabajadores).
- El cierre patronal (por parte del empresario).
Búsqueda de Empleo
Fases del Proceso de Búsqueda de Empleo
Las fases principales son:
- Autoanálisis.
- Búsqueda de fuentes de información (ofertas de empleo).
- Selección de personal (proceso de entrevistas y pruebas).
Autoanálisis para la Búsqueda de Empleo
Para encontrar empleo, se lleva a cabo un análisis personal para conocer cuáles son nuestras:
- Actitudes.
- Aptitudes.
- Intereses.
- Motivaciones.
Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Conceptos Fundamentales de PRL
Definición de Salud (OMS)
Según la OMS (Organización Mundial de la Salud), la salud se define como un estado completo de bienestar físico, psíquico y social, y no solo la ausencia de afecciones y enfermedades.
Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) tiene como objetivo promover la seguridad y la salud de los trabajadores y establece los principios generales relativos a la prevención de riesgos profesionales.
La LPRL se aplica a:
- Trabajadores por cuenta ajena.
- Personal civil de las Administraciones Públicas.
- Trabajadores autónomos (en ciertos aspectos).
No se aplica a:
- Policía, seguridad y servicio de vigilancia aduanera.
- Protección Civil.
- Fuerzas Armadas.
- Trabajadores al servicio del hogar familiar.
Tipos de Riesgos y Daños Laborales
La prevención busca evitar que los riesgos produzcan daños.
- Riesgos generados por agentes químicos: Gases, vapores, polvo.
- Riesgos generados por agentes físicos: Ruido, vibración.
- Riesgos generados por agentes biológicos: Bacterias, virus.
Un daño laboral es la materialización de un riesgo. Los principales daños laborales son:
- Accidente de trabajo.
- Enfermedad profesional.
- Enfermedad derivada del trabajo.
Elementos del Accidente de Trabajo
Para que un suceso sea considerado accidente de trabajo, debe cumplir los siguientes elementos:
- Lesión corporal.
- Trabajo por cuenta ajena.
- Relación de causalidad entre el trabajo y la lesión.
Los accidentes se producen por factor humano o factor técnico.
Enfermedades Derivadas del Trabajo
Son aquellas que, sin ser enfermedades profesionales, se originan o agravan por el trabajo:
- Fatiga laboral.
- Estrés.
- Envejecimiento prematuro.
Derechos y Obligaciones en Prevención
Derechos de los trabajadores en materia de prevención:
- Ser consultados, informados y formados en seguridad y salud laboral.
- Participar en la adaptación de medidas preventivas.
- Interrumpir su actividad en caso de riesgo grave e inminente.
Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención:
- Cumplir las órdenes e instrucciones en materia de prevención.
- Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad.
Riesgos Medioambientales
Son aquellos riesgos relacionados con el entorno de trabajo:
- Riesgos físicos: Ruido, vibraciones, iluminación, temperatura, radiaciones.
- Riesgos químicos: Exposición a agentes contaminantes químicos.
- Riesgos biológicos: Exposición a agentes contaminantes biológicos.
Equipos de Protección Individual (EPI)
Características de los EPI:
Son aquellos destinados a proteger al trabajador de los riesgos que puedan amenazar su salud y seguridad. Deben ser:
- Eficaces.
- Inocuos (no causar daño por sí mismos).
- Ergonómicos (adaptados al usuario y tarea).
Plan de Prevención de Riesgos Laborales
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales tiene como objetivo integrar la prevención de riesgos laborales en la gestión de la empresa.
Sus instrumentos principales son:
- Evaluación de riesgos.
- Planificación de la acción preventiva.
Etapas de la Evaluación de Riesgos
- Identificación del riesgo: A través de un check-list o inspección.
- Estimación del riesgo detectado: Valoración de la probabilidad y la severidad del daño.
- Valoración del riesgo: Clasificación del riesgo como trivial, tolerable, moderado, importante o intolerable.
Valoración del Riesgo
Significado de cada nivel de riesgo:
- Trivial: No se requiere acción específica.
- Tolerable: No se necesita mejorar la acción preventiva, pero se debe mantener la vigilancia.
- Moderado: Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, con medidas a corto o medio plazo.
- Importante: No debe comenzarse el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Se requieren acciones inmediatas.
- Intolerable: No se debe iniciar o continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo a un nivel aceptable. Se requiere acción urgente.
Primeros Auxilios
PAS (Proteger, Avisar, Socorrer)
Son las ayudas que se adoptan inicialmente con un accidentado o enfermo repentino. El lema es P.A.S.:
- Proteger: Asegurar la zona para evitar nuevos accidentes.
- Avisar: Llamar a los servicios de emergencia (112).
- Socorrer: Atender al accidentado.
PLS (Posición Lateral de Seguridad)
La PLS (Posición Lateral de Seguridad) es una postura específica para personas inconscientes que respiran, para evitar la obstrucción de las vías aéreas por vómito o caída de la lengua.
Objetivos de los Primeros Auxilios
- Mantener con vida al accidentado.
- No empeorar su estado.
- Trasladarlo a un centro sanitario en condiciones adecuadas.