Fundamentos del Sistema de Seguridad Social y Relaciones Laborales


Anexo II: Principios que sustentan y orientan el sistema de Seguridad Social

  • Principio de contributividad: Proporción entre lo que el ciudadano percibe y aporta.
  • Universalidad: La Seguridad Social debe intentar protegernos al máximo de circunstancias desagradables.
  • Solidaridad intergeneracional: Correlación entre generaciones; la generación actual aporta a la generación futura.
  • Equidad e igualdad de derechos: Seguridad Social para todos, sin importar el momento y lugar donde se vive.
  • Principio de suficiencia: La Seguridad Social debe asegurar niveles de bienestar mediante prestaciones adecuadas.
  • Principio de unidad de caja: El Estado es el único titular de recursos, obligaciones y prestaciones.

Anexo III: Principios de la organización gestora

  • Naturaleza pública: La Seguridad Social es de ámbito público.
  • Racionalización de funciones: La Seguridad Social es compleja y debe organizarse para que el ciudadano pueda entenderla.
  • Descentralización: Se crean nuevas prestaciones y consejos.
  • Descentralización territorial: El Estado es el único jefe de la descentralización.
  • Ausencia de ánimo de lucro.
  • Tutela administrativa: La Seguridad Social está sometida a un régimen jurídico.

Organización de la Seguridad Social

El Artículo 41 de la Constitución Española obliga a crear un sistema de Seguridad Social que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad y desempleo.

  • 1. Inscripción a la SS: Formulario TA6.
  • 2. Cobertura de riesgos: Formulario TA16.
  • 3. Alta/afiliación de trabajadores.
  • 4. Baja/modificación de datos.
  • 5. Cotización: Cuantos más cotizantes tenga la Seguridad Social, más recursos existen. Nóminas TS2 y TS4.

Prestación: Asistencia Sanitaria

Servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud del trabajador y su aptitud en el trabajo.

  • Beneficiarios: Pensionistas, trabajadores activos, españoles sin recursos, extranjeros con tarjeta o residencia, ciudadanos de la Unión Europea.
  • Cobertura: Asistencia sanitaria primaria/especializada, urgencias, fármacos, ortoprotésica, dietéticos, salud pública y transporte sanitario.

Incapacidad Temporal

Subsidio diario que cubre la pérdida de la capacidad de trabajo de manera temporal por baja.

  • Cubre: Enfermedad común, profesional y accidentes.
  • Requisitos de cobro: Estar afiliado y en alta durante el hecho causante + haber cotizado 180 días en los últimos 5 años (enfermedad común). Estar afiliado y en alta durante el hecho causante (enfermedad/accidente profesional).
  • Duración: 12 meses aproximadamente, con prórroga de 6 meses.

Prestación por Riesgo: Embarazo, Lactancia y Cuidado de Menor

  • Derecho a cobrar: Desde el día que se suspende el contrato.
  • Riesgo embarazo: Hasta el nacimiento.
  • Lactancia: Acaba cuando el bebé cumple 9 meses.
  • Menor enfermo: La persona se reincorpora cuando el menor se encuentra en buen estado de salud.

Prestación por Maternidad, Adopción o Acogimiento

  • Requisitos: Afiliado a la Seguridad Social y en alta.
  • Menor de 21 años: No requiere periodo de cotización.
  • 21-26 años: Haber cotizado 90 días en los últimos 7 años o 180 días en total.
  • Mayor de 26 años: Haber cotizado 180 días en los últimos 7 años o 360 días en toda su vida.
  • Cuantía: 100% del IPREM durante 42 días naturales si no se han reunido requisitos previos.
  • Duración: 16 semanas ininterrumpidas. En caso de parto múltiple, adopción o discapacidad, se suman 2 semanas por cada hijo a partir del segundo.

Prestación por Paternidad

Requiere estar afiliado/en alta y haber cotizado 180 días en los últimos 7 años o 360 días en total. Duración de 16 semanas ininterrumpidas e intransferibles.

Incapacidad Permanente

Situación del trabajador que, tras someterse a tratamiento médico y recibir el alta, presenta reducciones en su capacidad laboral.

  • Parcial: Disminución no inferior al 33%; puede realizar lo esencial de su trabajo.
  • Total: Incapacitado para realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual.
  • Absoluta: Inhabilitado para cualquier tipo de trabajo o profesión.
  • Gran invalidez: Requiere la ayuda de terceros para actos esenciales.

Jubilación

Pensión vitalicia reconocida al alcanzar la edad establecida.

  • Edad: 67 años (si ha trabajado menos de 38 años y 6 meses) o 65 años (si ha trabajado igual o más de 38 años y 6 meses).
  • Mínimo: 15 años cotizados, siendo 2 de ellos en los 15 años previos a la solicitud.

Prestación por Muerte y Supervivencia

  • Auxilio de defunción: Cantidad a tanto alzado para gastos de sepelio.
  • Viudedad: Pensión vitalicia o temporal para cónyuge o pareja de hecho.

Prestaciones por Desempleo

Para quienes, pudiendo y queriendo trabajar, han perdido su empleo o han visto reducida su jornada al menos un tercio.

  • Requisitos: Situación legal de desempleo, no haber llegado a la edad de jubilación, estar buscando empleo activamente y haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.

Relación Laboral

  • Características: Por cuenta ajena, voluntaria, personalísima, dependiente y remunerada (quid pro quo).
  • Principios de aplicación: In dubio pro operario, norma más favorable, condición más beneficiosa, norma mínima e irrenunciabilidad de derechos.

Nómina y Salario

  • Nómina: Documento legal que justifica el pago del salario y detalla aportaciones a la Seguridad Social y Hacienda.
  • Salario: Totalidad de percepciones económicas (dinero o especie) recibidas como contraprestación.
  • Devengos: Percepciones salariales (salario base, complementos) y no salariales (indemnizaciones, suplidos).

Organización del Trabajo

  • Jornada laboral: Máximo 40 horas semanales.
  • Horas extraordinarias: Máximo 80 horas anuales.
  • Medidas de conciliación: Flexibilización contractual, de cantidad y de tiempo de trabajo.

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