Derechos Laborales y Extinción de Contratos: Conceptos Clave


1. Traslado definitivo a otro centro de trabajo

Ante un traslado definitivo a otra provincia que implica un cambio de residencia, el trabajador dispone de las siguientes opciones:

  • Aceptar: Tiene derecho a cubrir los gastos de traslado, incluidos los de su familia, según lo estipulado en el convenio colectivo.
  • Recurrir: Impugnar el traslado ante el Juzgado de lo Social en un plazo de 20 días hábiles.
  • Extinguir el contrato: Derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 360 días (12 mensualidades).

2. Excedencia voluntaria

  • a) Antigüedad requerida: 1 año.
  • b) Duración: Mínimo 4 meses y máximo 5 años.
  • c) Reserva del puesto: No se reserva el puesto de trabajo; solo existe derecho preferente al reingreso si hay una vacante libre.
  • d) Cómputo de antigüedad: No se computa el tiempo de excedencia a efectos de antigüedad.

3. Excedencia por cargo público (Alcalde)

Un trabajador con cinco años de antigüedad que solicita una excedencia por ser elegido alcalde:

  1. Tipo de excedencia: Forzosa.
  2. Reserva del puesto: Sí, se reserva.
  3. Cómputo de antigüedad: Sí, se computa.

4. Indemnizaciones por extinción de contrato

  • Dimisión del trabajador: Ninguna.
  • Incumplimiento grave del empresario: 33 días por año, con un tope de 720 días (24 mensualidades).
  • Ineptitud sobrevenida (posterior a la contratación): 20 días por año, con un tope de 9 mensualidades.
  • Cambios en la jornada no aceptados: 20 días por año, con un tope de 9 mensualidades.
  • Despido disciplinario: Ninguna.
  • Fin de contrato temporal (circunstancias de la producción): 12 días por año.
  • Despido por causas objetivas declarado improcedente: 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades.

5. Opciones del empresario ante un despido improcedente

Tras la declaración judicial de improcedencia, el empresario puede:

  • Pagar la indemnización de 33 días por año (máximo 720 días).
  • Readmitir al trabajador y abonar los salarios de tramitación.
  • Nota: Si el trabajador es representante legal, él elige entre las dos opciones anteriores.
  • Defecto de forma: Si el despido es improcedente por falta de carta, la empresa puede readmitir y despedir nuevamente en un plazo de 7 días.

6. Causas de extinción por causas objetivas

  1. Ineptitud sobrevenida del trabajador.
  2. Falta de adaptación a las modificaciones técnicas.
  3. Finalización de contrata pública.
  4. Amortización de puestos de trabajo.

7. Suspensión del contrato de trabajo

  • Nacimiento de hijo/a y adopción.
  • Riesgo durante el embarazo o lactancia.
  • Excedencia.

8. Clasificación de causas de extinción

  • No acatar órdenes: Despido disciplinario.
  • Realizar trámites particulares en jornada laboral: Despido disciplinario.
  • Demora de cuatro meses en el pago de salarios: Extinción por incumplimiento grave del empresario.
  • Retirada definitiva del permiso de conducir (conductor): Objetivo por ineptitud sobrevenida.

9. Veracidad de supuestos laborales

  • a) Reserva de puesto en excedencia: Falso. En la voluntaria solo hay derecho de reingreso si existe vacante libre.
  • b) Falta de carta en despido objetivo: Verdadero, se considera improcedente.
  • c) Cambio de horario/salario unilateral: Falso. La empresa necesita razones objetivas.
  • d) Falta de prueba en despido: Falso. Sería improcedente, no nulo.
  • e) Falta de preaviso en dimisión: Falso. Siempre se tiene derecho al finiquito, aunque se puede descontar la falta de preaviso.
  • f) Libertad absoluta en excedencia voluntaria: Falso. Se requiere al menos un año de antigüedad.

10. Caso práctico: Despido disciplinario

  • a) Tipo de despido: Disciplinario.
  • b) Indemnización: No tiene derecho.
  • c) Proceso de reclamación: Presentar demanda en el juzgado en un plazo de 20 días hábiles. Como norma general, debe haber acudido previamente al tribunal laboral (conciliación), aunque el Tribunal Supremo permite que sea posterior a la demanda en 15 días.

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